Madrid.- PP propone la extinción de la agencia sanitaria 'Pedro Laín Entralgo' el 1 de enero de 2013

Actualizado: jueves, 21 junio 2012 12:21

MADRID 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Grupo Parlamentario Popular ha registrado una enmienda al proyecto de modificación de los presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2012 en la que la extinción de la agencia de formación, investigación y estudios sanitarios de la Comunidad de Madrid 'Pedro Laín Entralgo' a partir del 1 de enero de 2013.

En la enmienda que han presentado los 'populares', establecen que los fines de la agencia ahora serán asumidos por la Consejería de Sanidad y que el personal funcionario de carrera que trabaje para esta institución también se adscribirá a la Comunidad. No obstante, se amortizarán los puestos de trabajo de la agencia y se extinguirán los contratos de trabajo del personal laboral.

Sin embargo, su personal laboral fijo comprendido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid se integrará en la plantilla de la Administración de la Comunidad.

Asimismo, el personal funcionario de carrera y laboral fijo que resulte adscrito o se integre en la Comunidad de Madrid pasará a depender provisionalmente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad hasta que se le asigne destino en la Administración de la Comunidad de Madrid, preferentemente en sectores prioritarios.

LA ENTIDAD DEBERÁ RENDIR CUENTAS

Los 'populares' establecen que la entidad extinguida deberá rendir cuentas comprensivas de todas las operaciones realizadas desde el comienzo del ejercicio hasta el momento de su extinción y precisa que las tendrá que formular el titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería a la que estuviera adscrita la entidad en el plazo de los tres meses siguientes a la efectiva extinción de la misma.

Las cuentas formuladas, junto con la documentación adicional, se remitirán a la Intervención General con el objeto de que sea emitido informe de auditoría con carácter previo a su aprobación, que deberá efectuarse por el titular de la Consejería a la que la Agencia estuviera adscrita, con anterioridad al 30 de junio de 2013.