Madrid permite fumar en las cafeterías de los centros de trabajo de más de 100 metros cuadrados

Actualizado: jueves, 23 febrero 2006 15:15

MADRID, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó hoy remitir al Consejo Económico y Social (CES) el reglamento que desarrolla en la región la Ley Antitabaco, que permitirá fumar en los establecimientos hosteleros integrados en centros de trabajo sólo cuando la superficie sea superior a 100 metros cuadrados. No obstante, las cafeterías de centros sanitarios y educativos están excluidos de este supuesto y deberán estar 'libres de humos'.

Así lo explicó hoy el consejero de Sanidad y Consumo, Manuel Lamela (en la imagen), en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno. Tras el informe del CES, el texto se remitirá al Consejo de Estado, aunque ninguno de los dos dictámenes serán vinculantes.

El texto del Gobierno regional establece, además, que dentro de los centros de trabajo se podrá fumar en las "unidades no productivas" cuando con carácter excepcional alberguen "actos sociales, protocolarios y celebraciones". No obstante, cuando estos espacios tengan más de cien metros cuadrados, la zona de fumadores deberá estar debidamente separada.

En este sentido, el reglamento madrileño obliga a separar las zonas de fumadores del resto mediante "separaciones físicas no estancas" que eviten que los humos y olores del tabaco perjudiquen a los no fumadores.

Por otro lado, el texto apela a la denominación de "espacio al aire libre" de la Real Academia de la Lengua (RAE) para dejar fumar en aquellos lugares de edificios que no estén cerrados, cubiertos ni techados tales como balcones, patios y terrazas, incluso en centros de trabajo.

Cuando se trate de establecimientos que tengan salas con más de un uso hostelero (por ejemplo, hoteles que disponen de restaurante, cafetería, discoteca...), la Comunidad de Madrid plantea que cuando las superficies útiles sean inferiores a cien metros cuadrados se podrán acoger a la ley estatal de decidir si se fuma o no por cada una de esas actividades.

Además, en los reservados o zonas aisladas de los establecimientos que se puedan reservar con exclusividad, por ejemplo, para bodas, bautizos y comuniones, el cliente podrá decidir si deja fumar o no.