MADRID, 30 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid dejará sin efecto a partir de este jueves la resolución por el que restringía permisos y excendencia del personal del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) para hacer frente al pico de actividad del coronavirus.
Así se lo detalla una resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), aprobada en el ámbito de la Mesa Sectorial y a la que ha tenido acceso Europa Press.
La administración regional paralizó el 12 de marzo todos aquellos permisos, licencias y excedencias que no fueran por motivos ineludibles ante la presión asistencial por el pico de incidencia del coronavirus.
Para aquellas concedidas en el caso de hijos o familiares, se podían dar con carácter excepcional, siempre que se garantizara la cobertura de las necesidades asistenciales. Se exceptuaba el permiso por nacimiento o adopción, en la licencia por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, que eran "concedidos en todo caso".
"No se podrá disfrutar simultáneamente por los dos progenitores o responsables del dependiente, en el supuesto de que ambos presten servicios en los centros y organizaciones sanitarias adscritas al Servicio madrileño de Salud", exponía la orden.
Ahora, la Consejería de Sanidad expone que el descenso que se viene observando de la presión asistencial por el Covid-19 en los centros
sanitarios "posibilita que las medidas adoptadas con carácter excepcional" en la resolución de 12 de marzo, limitadas temporalmente a la situación de pandemia, "puedan quedar sin efecto".
Por tanto, los profesionales puedan acceder a los permisos y licencias, en los términos y condiciones que fija su normativa de aplicación en función de que su vinculación sea estatutaria, laboral o funcionarial.
A su vez y teniendo también en cuenta el descenso de la presión asistencial por la pandemia del coronavirus, el personal sanitario podrá solicitar hasta el día 15 de mayo de 2020, inclusive, el disfrute de las vacaciones reglamentarias correspondientes al año 2020.
No obstante, las direcciones correspondientes "tendrán en cuenta para la planificación de las vacaciones" del año 2020 las solicitudes presentadas hasta la fecha de la presente resolución, salvo que los interesados deseen modificar su periodo o formular nueva petición, en cuyo caso, esa "nueva solicitud, sustituirá y anulará la presentada con anterioridad".
Así, las gerencias de Atención Hospitalaria, Primaria, y SUMMA 112, con "carácter excepcional y únicamente" durante este ejercicio de 2020, publicarán la planificación de las vacaciones de cada servicio y unidad, antes del 1 de junio de 2020.
Los residentes en formación disfrutarán sus vacaciones anuales reglamentarias "conforme a lo establecido en sus contratos y en las presentes instrucciones".
No obstante, aquellos residentes que finalicen el último año de su formación durante el mes de mayo de 2020 y que, como consecuencia de la pandemia por Covid-19, no fuera posible concederles las vacaciones reglamentarias por "necesidades asistenciales debidamente justificada", las gerencias procederán a la correspondiente liquidación económica a la finalización de su contrato.
La Consejería de Sanidad ha recordado que la crisis del coronavirus obligó a la "reordenación" de la actividad asistencial, que ha requerido la reasignación de efectivos para garantizar el mayor número de profesionales disponibles para la atención sanitaria de emergencia, afectando la planificación ordinaria de los centros y por tanto, al calendario de vacaciones recogido en el mencionado pacto.
Ante el descenso del número de casos por Covid-19 y la disminución de la presión asistencial, plantean un plan de actuación que nos permita ir normalizando la actividad asistencial, y entre otros, retomar la planificación del periodo vacacional.