Madrid.- Condenado el SERMAS a pagar a una mujer 90.000 euros por implantarle mal tornillos en la columna vertebral

Actualizado: miércoles, 14 abril 2010 16:00

MADRID, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) al pago de una indemnización de 90.000 euros por la "defectuosa" asistencia prestada a una paciente en el Hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares, informó hoy la Asociación Defensor del Paciente.

La enferma, Dolores P.D., fue intervenida quirúrgicamente el día 3 de noviembre de 2003, implantándose tornillos de instrumentación de columna en la zona lumbar. En el postoperatorio inmediato la paciente presentó un déficit de fuerza en la dorsiflexión del pie izquierdo e hipoestesia en el dorso de dicho pie.

Se le hicieron la pertinentes pruebas para comprobar posibles alteraciones y se comprobó que tres de los seis tornillos colocados tenían una situación defectuosa por lo que se decidió reintervenir a la paciente el día 6 de noviembre, efectuándole además una laminectomía. Tras la operación la paciente no recuperó el déficit neurológico debido a que uno de los tornillos había atravesado el cuerpo vertebral, según señaló la asociación.

En el postoperatorio de esta segunda intervención se produjo una infección de la herida quirúrgica, por lo que fue dada de alta el día 3 de diciembre de 2003 para ser sometida a tratamiento rehabilitador.

La sentencia reconoce expresamente que la primera intervención quirúrgica no estuvo correctamente realizada y se le provocó la lesión permanente e irreversible que padece la paciente en miembro inferior izquierdo y que, le obliga a llevar durante toda su vida un dispositivo antiequino en el pie izquierdo para poder caminar, obteniendo una minusvalía del 35 por ciento.

"La actora tuvo que sufrir una segunda intervención quirúrgica debido a la defectuosa realización de la primera, en la que, en el psotoperatorio, sufrió, además, una infección, con el consiguiente tiempo añadido de hospitalización y rehabilitación", señala el auto.

Además, se indica que la mujer ha tenido que que acudir a los servicios de salud mental por padecer síntomas de ansiedad debido a la situación sufrida por su limitación funcional. "Todo ello debido a una mala praxis en la intervención quirúrgica y a una negligente asistencia sanitaria posterior, según reconoce la Sala, sin que además fuera informada en el Consentimiento Informado de sus riesgos personalizados en relación a la intervención", concluyó la Asociación El Defensor del Paciente.