Ya fue condenada en 2001 por una falta de imprudencia leve que dejó a un bebé con una minusvalía del 99 por ciento
VALLADOLID, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitan inicialmente penas de 1,5 años y 2 años de prisión, respectivamente, para la ginecóloga vallisoletana María Jesús C.P. que será juzgada desde mañana como autora de un delito de lesiones graves por imprudencia profesional presuntamente cometido en julio de 1997, fecha en la que trajo al mundo en el Sanatorio Sagrado Corazón de Valladolid a una niña que desde entonces sufre una minusvalía superior al 90 por ciento.
En sus escritos de calificación provisional, a los que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, la acusación pública y la particular, esta última en representación de los padres de la niña, piden también que la ginecóloga sea inhabilitada para el ejercicio de la profesión por espacio de 2 años y 3 años, respectivamente, así como, por este mismo orden, el pago de indemnizaciones que se elevan a 710.000 y 800.000 euros.
Como responsables civiles directos figuran Winterthur y A.M.A. (Agrupación Mutual Aseguradora) y como subsidiarios el Sanatorio Sagrado Corazón y las compañías FIAT y DKV. A mayores de las indemnizaciones citadas, ambas partes interesan el pago de una renta vitalicia por el importe de los gastos derivados del ingreso de la niña en un centro especializado hasta su fallecimiento.
En el juicio, que se celebrará en el Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid, se analizará la actuación de la ginecóloga María Jesús C.P. con respecto al alumbramiento de una niña registrado en el Sagrado Corazón el 24 de julio de 1997.
SIN LA DILATACION COMPLETA
Las acusaciones sostienen que la madre fue llevada a paritorio por orden de la ginecóloga imputada pese a que tan sólo había dilatado 4 centímetros, en lugar de los 10 centímetros necesarios, tal y como tiene reconocido la matrona, y que por ello el bebé quedó encajado durante mucho tiempo al no hallarse en el tercer plano y sufrió una bradicardia severa. La imputada tuvo que aplicar un forceps para la extracción de la niña.
Esta sufrió una anoxia perinatal que le ocasionó el denominado 'Síndrome de West' (asociación de retraso mental, crisis epilépticas e hipsarritmia) y una minusvalía superior al 90 por ciento.
En sus escritos, las acusaciones inciden también en que en el momento del parto no había en la clínica pediatra alguno ni neumatólogo ni unidad específica de reanimación de neonatos. De hecho, los padres fueron invitados entonces a que buscaran un pediatra, cosa que lograron horas después. Fue el profesional buscado por el matrimonio el que ordenó el traslado urgente del bebé primero al Hospital Universitario Río Hortega y después al Hospital Clínico Universitario, donde permaneció interanado durante 36 días.
Las graves secuelas sufridas por la niña, hoy con 8 años, son las propias del sufrimiento padecido en el periodo perinatal, es decir, de un fallo en el aporte sanguíneo y de oxígeno en la fase temprana de la vida. De hecho, la niña es incapaz de articular palabra ni de sujetar la cabeza y no puede permanecer sentada, de ahí que precise en todo momento de la ayuda de una tercera persona, además de medicación y fisioterapia diaria.
Se da la circunstancia de que esta misma ginecóloga ya fue condenada en 2001 por el Juzgado de lo Penal número 1 a la pena de un año de cárcel e inhabilitación por el mismo periodo de tiempo, junto con el pago de indemnizaciones por valor de 540.000 euros, como autora de un delito de lesiones por imprudencia profesional, si bien dicho fallo fue revocado más tarde parcialmente por la Audiencia provincial al considerar este tribunal que María Jesús C.P. era autora de una falta de imprudencia leve merecedora de una multa de 1.440 euros, sin que entonces aplicara rebaja alguna al capítulo indemnizatorio.
En aquel caso, la ahora imputada intervino en el alumbramiento el día 8 de abril de 1998 de un niño que, como consecuencia del sufrimiento durante el parto, padece desde entonces un "Síndrome de West" que le ha generado una minusvalía del 99 por ciento.