La Justicia europea avala la uniformización de las cajetillas de tabaco

Tabaco
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Actualizado: miércoles, 23 diciembre 2015 13:34

   BRUSELAS, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -

   Una abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado este martes la directiva europea sobre el tabaco que, entre otras medidas, uniformiza las cajetillas de cigarrillos al imponer un tamaño y contenido mínimo para las advertencias de salud y prohíbe el tabaco mentolado a partir de mayo de 2020.

   En sus conclusiones, la abogada considera que la norma es "válida" y que fue adoptada "lícitamente", en especial en lo que se refiere a la amplia uniformización de los envases (un 65 por ciento de su superficie dedicada a información sobre el daño para la salud del consumo de tabaco), al futuro veto en la UE al mentolado y las reglas específicas que limitan los cigarrillos electrónicos.

   La abogada del TUE se pronuncia sobre dos casos. En primer lugar considera que debe desestimarse el recurso de anulación presentado por Polonia, país que impugnó la prohibición a partir de 2020 del tabaco mentolado, porque a su juicio la UE "no ha sobrepasado el amplio margen de apreciación" que le corresponde para garantizar "condiciones uniformes" de los productos en el mercado comunitario, sin descuidar la protección de la salud.

   También destaca que el mentol puede servir para camuflar o mitigar el sabor "áspero" del tabaco, lo que facilita la iniciación en el tabaco de los no fumadores y dificulta a los fumadores abandonar el hábito.

   Así, opina que "no puede ponerse seriamente en duda la necesidad de prohibir" en toda la UE todos los aromas característicos, incluido el mentol, especialmente si se tienen en cuenta el principio de cautela y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

   En segundo lugar, la abogada considera que las normas para la uniformización del etiquetado y envasado de los productos del tabaco son "proporcionadas", pese a las quejas de varias compañías, incluidas Philip Morris y British American Tobacco, que se opusieron a la transposición de la directiva.

   En su análisis, la abogada del TUE apunta que las modificaciones en la cajetilla contribuyen a aumentar la visibilidad de las advertencias sanitarias y a maximizar su eficacia, al tiempo que considera que "la apariencia 'cool' o de diversión que pueden asociarse a envases poco comunes juegan un papel menor en la decisión de compra".

   Así, las conclusiones de la abogada europea rechaza que sea "arbitrario ni desproporcionado" permitir que las alertas para la salud ocupen una superficie del 65 por ciento del envase. La directiva también prohíbe indicaciones que sean ciertas pero, de modo engañoso, ofrezcan una imagen positiva del producto y creen así un motivo adicional para su compra.

   Las conclusiones del abogado general del TUE no vinculan al tribunal europea, aunque éste las sigue en la mayoría de los casos. Su función consiste en proponer, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto del que se ocupa. El TUE dictará sentencia más adelante.

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