SEVILLA 22 May. (EUROPA PRESS) -
La Consejería andaluza de Salud y Bienestar Social ha concretado este martes que sus servicios jurídicos están estudiando las alegaciones oportunas que elevarán al Constitucional, después de que el BOE haya publicado la resolución del Alto Tribunal que acuerda admitir a trámite el recurso promovido por el Gobierno contra la resolución de la Gerencia del Servicio Andaluz de Salud (SAS), que establece la primera convocatoria pública de subasta de medicamentos en caso de prescripción por principio activo.
Fuentes del departamento que dirige María Jesús Montero han señalado a Europa Press que la notificación del Constitucional llegó "a última hora del viernes", si bien no ha sido hasta esta misma semana cuando los servicios jurídicos de la Junta están estudiando las alegaciones que elevarán contra el recurso promovido por el Ejecutivo central, "para lo cual disponemos de un plazo legal de 20 días".
En cuanto a la línea argumental que defenderán contra la impugnación del Gobierno central, las mismas fuentes han declinado entrar en los detalles de la misma, "precisamente porque estamos estudiándola y por formar parte de la estrategia de defensa".
Respecto a la modificación del RDL 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, que ahora fija que el medicamento recetado por principio activo que debe dispensar el boticario es el de "precio más bajo" y no el de "menor precio" como antes decía, las mismas fuentes también ha admitido que en la práctica "puede invalidar o anular el efecto de la subasta de fármacos".
Con todo, han puntualizado sobre esta cuestión que "habrá que ver como es el desarrollo del reglamento que aplicaría estos cambios del decreto".
Con el anterior sistema de 'precio menor' se recogía todo un listado de precios de los medicamentos --que aprueba el Ministerio-- para las prescripción por principio activo, que era precisamente con el que la subasta andaluza de medicamentos podía trabajar en base a sus concursos de moléculas, en el que los laboratorios ofertaban sus precios a la baja dentro de ese listado de precios menores.
Por contra, con el 'precio más bajo', tal posibilidad quedaría invalidada al tener que dispensar siempre el farmacéutico las recetas por principio activo no en base a un listado de medicamentos menores, sino al que tenga el precio más bajo.