VALENCIA 23 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha instado a la Generalitat Valenciana a indemnizar con 1.000 euros a una mujer que descubrió un aguja quirúrgica en su cuerpo y que la pudo haber tenido, como hecho "más probable", durante 32 años tras dar a luz en el Hospital La Fe de Valencia en 1977.
Así lo ha decidido en un dictamen, consultado por Europa Press, donde reconoce el derecho de la afectada, de 61 años, a ser indemnizada por los cuatro días de incapacidad temporal a los que se vio obligada por la intervención en la que le extrajeron la aguja y por el hecho de haberse tenido que someter a esa intervención para sacarle el material de su cuerpo.
La mujer descubrió su presencia al realizarse en 2009 un estudio diagnóstico por presentar dolores en la cadera derecha. En ese momento, se descubrió una imagen de densidad metal. Un TAC confirmó la presencia de una aguja quirúrgica en el plano perianal.
La mujer había sido sometida a una episiotomía durante el parto de su hija en 1977 en La Fe y en 2011 a una histerectomía en un hospital privado de Valencia. La paciente reclamaba por considerar que la aguja se le quedó en el cuerpo en la operación de 1977 y alegaba que el olvido le había provocado molestias y dolores durante 32 años, porque de hecho había sido atendida de una fístula perianal izquierda extirpada quirúrgicamente.
El órgano consultivo señala que la imposibilidad de determinar la intervención donde se produjo el olvido no exoneraría a la Generalitat de responsabilidad, sino que determinaría la existencia de una responsabilidad solidaria con la otra institución.
No obstante, en el Informe del Área de Patología Infantil de la Mujer y Reproducción de La Fe se hacía constar que no era "inverosímil" que hubieran olvidado la aguja en el parto de 1977, aunque podría haber sido en la operación de 2011. El médico inspector, en su informe, apuntaba a que lo "más probable" era que el olvido fuera en el parto.
En todo caso, rechaza la existencia de relación entre la localización de la aguja y de la fístula que sufrió la mujer, por lo que no procede abonar indemnización alguna por molestias, dolores y limitaciones durante 32 años.