Gobierno vasco pide al TC que levante la suspensión del decreto contra el copago o al menos a inmigrantes y pensionistas

Actualizado: lunes, 1 octubre 2012 14:23

Destaca que el ahorro por desatender a estos colectivos sería de un 0,2%, mientras aumentarían las epidemias y los gastos en Sanidad


BILBAO, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno vasco ha pedido al Tribunal Constitucional, en sus alegaciones, que levante la suspensión de su decreto que evitaba el copago farmacéutico, y que lo haga antes del transcurso de los cinco meses inicialmente previstos para ello. En caso de que no proceda al levantamiento total de la suspensión de la norma vasca, solicita su levantamiento parcial, en concreto de los artículos 2 y 8, que se refieren a los extranjeros sin autorización de residencia en España, los pensionistas y los enfermos crónicos.

El Ejecutivo de Patxi López destaca que el ahorro derivado de la "desasistencia" de los colectivos excluidos sería del 0,2 del presupuestos sanitario del Gobierno, mientras que el riesgo de epidemias aumentaría considerablemente, ya que los inmigrantes son los más afectados por patologías infecciosas, lo que podría llevar a "un estado de alarma social por deterioro de la salud pública". Asimismo, advierte de que el gasto para combatir estas epidemias aumentaría "enormemente".

El Gobierno vasco presentó el pasado miércoles, 26 de septiembre, ante el TC su escrito de alegaciones definitivo al conflicto positivo de competencias planteado por el Gobierno de Mariano Rajoy contra el Decreto 114/2012 sobre régimen de las prestaciones sanitarias. Además, el texto va acompañado de informes de Sanidad.

El escrito, de 51 folios, al que ha tenido acceso Europa Press, reclama al Constitucional que lo admita, dicte sentencia en la que desestime el conflicto de competencias y declare la constitucionalidad de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8.1, 8.2 y Disposición final primera del Decreto 114/2012 de 26 de junio.

El texto recuerda que el decreto fue suspendido "por aplicación automática de lo previsto en el artículo 161.2 de la Constitución Española", y pide que se levante la suspensión. En esta línea, recuerda que, según el artículo de la Carta magna, la impugnación producirá la suspensión, que deberá ser ratificada o levantada en un plazo no superior a cinco meses.

No obstante, recuerda que existe doctrina constitucional que avala que la Comunidad Autónoma Vasca puede solicitar el levantamiento de la suspensión antes de agotar este plazo y que el Tribunal podría acceder a esta demanda.

Las alegaciones destacan que la suspensión es una medida "excepcional" que requiere que el Gobierno central "aporte argumentos y razones que justifiquen" que, si no se prolonga la suspensión, "se producirían graves perjuicios para el interés general", que deben ser "ciertos y constatables, y no futuros o hipotéticos".

En este contexto, el escrito del Gobierno vasco destaca que el artículo 43 de la Constitución establece, entre los principios rectores de la política social y económica, "el derecho a la protección de la salud y el deber de los poderes públicos de organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios".

Para el Ejecutivo de López, "la protección de la salud es una tarea que un Estado social de derecho no puede descuidar por su ligazón con los derechos humanos a la vida y a la integridad física". Además, defiende que su decreto amplía "el ámbito subjetivo con derecho a acceder a las asistencia sanitaria pública y gratuita".

En este contexto, las alegaciones del Gobierno vasco indican que los intereses "en liza", cuya ponderación corresponde al TC, son "el interés general configurado por el supuesto beneficio que a las arcas pudieran suponer" los recortes "que conllevan minorización del gasto público sanitario, y por otro, el interés público del mantenimiento de un derecho universal y gratuito a la asistencia sanitaria que se ve afectado como consecuencia de la restricción de la gratuidad a determinados colectivos".

Asimismo, el escrito subraya que hay que tener en cuenta también "la afección a los derechos individuales de unos ciudadanos que, de mantenerse la suspensión de la norma vasca, se verían perjudicados de forma irreparable".

LOS INMIGRANTES, "DESASISTIDOS"

De esta forma, explica que, el mantenimiento de la suspensión de su decreto, "impediría el acceso a la asistencia sanitaria de aquellos colectivos a los que la norma vasca amplía el derecho de asistencia sanitaria gratuita", como el colectivo de extranjeros en situación irregular, que, al perder este derecho y no disponer de medios económicos para afrontar el gasto, "puede quedar desasistido".

Tras señalar que es este colectivo "el que resulta más afectado por patologías infecciosas", destaca que, "al quedar sin el apoyo clínico sanitario, supondría un riesgo de contagio para el resto de la población".

Entre estas patologías infecciosas, pone especial énfasis en el VIH, la tuberculosis, la meningitis tuberculosa, el paludismo y la hepatitis B, "que presentan una prevalencia en la población inmigrante superior a la española y cuya falta de seguimiento puede dar lugar a un estado de alarma social por deterioro de la salud pública".

De esta forma, indica que "las personas en situación irregular con VIH, de no accederse al levantamiento de la suspensión, no tendrán acceso a los medicamentos antirretrovirales", lo que implicará "un deterioro de la salud comunitaria y una falta de control sanitario", que provocará "un serio problema de salud pública".

Las consecuencias, según especifica, sería el incremento de muertes en infectados por VIH, el aumento del número "de infecciones oportunistas" y de ingresos hospitalarios, subida en la transmisión del VIH a la población general, incremento de enfermedades infecciosas, como tuberculosis, sífilis, etc, y mayor posibilidad de transmisión madre-hijo del VIH".

PENSIONISTAS

El Ejecutivo vasco subraya que los pensionistas son las personas que más medicamentos consumen. En esta línea, destaca que, de los 627.448 pensionistas de la Comunidad Autónoma Vasca, 415.301 tienen una renta inferior a 18.000 euros al año y la pensión media de éstos ronda los 600 y los 1.000 euros. La media de consumo mensual de este colectivo alcanza las siete recetas al mes, con un gasto medio por cada una de 14,44 euros.

El Gobierno de López destaca que no se puede negar que el abono de 100 euros mensuales (a pesar del reintegro posterior), supone una carga que puede suponer, en muchos casos, la adopción de determinados sacrificios en necesidades básicas que nunca podrán ser reparados.

Por ello, pide que, de no procederse al levantamiento total de la suspensión del decreto, se acuerdo su levantamiento parcial y, en concreto, de los artículos 2 y 8 referentes a los colectivos más desfavorecidos como son los inmigrantes ilegales, los pensionistas y enfermos crónicos.

CONSTITUCIONALIDAD

Las alegaciones, que se basan en el voto particular de Miguel Herrero de Miñon en el informe realizado por el Consejo de Estado sobre el copago, defienden la constitucionalidad de la norma vasca porque "no desborda los límites de las competencias" de la Comunidad Autónoma, "no desconoce la normativa estatal ni la condiciona indebidamente".

Asimismo, señalan que el sistema constitucional de distribución de competencias en el sector Sanidad "no ha apoderado al Estado con un título competencial para proceder a uniformizar lo que, en el esquema bases/desarrollo legislativo son divergencias admisibles".

El Gobierno vasco destaca que la asistencia sanitaria se integra, no en el concepto de Seguridad Social, sino de Sanidad interior, en el que Euskadi tiene atribuidas competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la legislación básica del Estado.

Por último, concluye que, "siempre que quede garantizada la sostenibilidad económica del sistema con los fondos de la propia Comunidad, esa ampliación (del Decreto) no afecta a la regulación uniforme mínima impuesta por la legislación básica".