La Generalitat indemnizará a una familia con 128.000 euros por no detectar un cáncer de faringe con resultado de muerte

Actualizado: jueves, 21 febrero 2008 20:12

BARCELONA, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Servei Català de la Salut (SCS), organismo dependiente de la Conselleria de Salud, indemnizará con 128.544,94 euros a la viuda y las dos hijas de un paciente que falleció como consecuencia de la no detección de un cáncer de laringe que venía siendo tratado en el Hospital Mútua de Terrassa (Barcelona) tras el acuerdo alcanzado, al que ha tenido acceso Europa Press.

Según informó la asociación El Defensor del Paciente, este paciente, de 60 años, venía siendo tratado por el Servicio de Otorrinolaringología del Hospital Mútua de Terrassa por "la presencia de dolor al tragar saliva, dificultad en tragar alimentos, tos frecuente, esputos sanguinolientos, voz gangosa y presencia de un bulto en el lado derecho del cuello, que se imputó a posible reflujo faringolaríngeo".

El paciente, ante el agravamiento de los síntomas, requirió asistencia médica a un especialista ajeno al Hospital de Terrassa, quien tras una simple exploración sospechó la existencia de un tumor, el que fue confirmado finalmente en el Hospital Mútua de Terrassa.

A pesar de la intervención a que fue sometido el paciente en febrero de 2005, con carácter de urgencia, de faringe-laringectomía total más vaciamiento cervical derecho y cervical funcional, se produjo la reaparición del tumor maligno con afectación de otros órganos, que produjo su fallecimiento en junio de 2006.

El propio paciente había presentado en diciembre de 2005 una reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración "por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la asistencia sanitaria dispensada en el Hospital Mútua de Terrassa" y que cuantificó en 362.881,64 euros.

La familia y el SCS alcanzaron finalmente un acuerdo por el que se pagará una indemnización de 128.544,94 euros, que ya ha sido aprobado en la Comisión Jurídica Asesora de la institución. Con esta indemnización, los demandantes desisten de la reclamación y se comprometen a no ejercitar ninguna tipo de reclamación administrativa.