MADRID, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -
Las 231 clínicas dentales que actualmente son franquicia de Vitaldent están obligadas a responder ante sus clientes pese a la detención del presidente de esta entidad, según ha destacado la compañía de servicios de asistencia jurídica Legalitas, que recuerda que estos centros son responsables del cumplimiento de sus tratamientos.
En este sentido, recuerdan que el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia establece que el contrato entre el franquiciador y el franquiciado mantiene la independencia económica y jurídica entre ambas empresas.
Por ello, informa Legálitas en un comunicado, los clientes que hayan contratado sus tratamientos con una de las franquicias deben saber que "a ellos no les va a afectar la situación de la empresa matriz".
Y en el caso de los tratamientos contratados con clínicas propiedad de Vitaldent, añaden que hay que esperar para ver si los procesos penales abiertos afectan a la viabilidad del negocio, ya que en ese caso "los clientes que hayan contratado con Vitaldent podrían ver comprometido el resultado de sus tratamientos".
Si el cliente ha financiado el pago de sus servicios, debe tener en cuenta que puede suspender el pago con los debidos formalismos y en determinados casos. Cuando se trate de una financiación vinculada (es decir, que el consumidor no se haya buscado la financiación por su cuenta sino que haya aceptado la propuesta por el vendedor en colaboración con una entidad financiera) el consumidor podrá oponer frente a la financiera las mismas excepciones que tuviera frente al prestador del servicio.
De este modo, cumpliendo una serie de trámites se podrá conseguir dejar de pagar esta financiación anulando el contrato de principal. En este sentido, la ley de crédito al consumo establece que cabe instar la resolución del contrato de crédito vinculado al contrato principal (en este caso el de prestación de servicios contratado con Vitaldent), cuando proceda la nulidad o la resolución del contrato principal.
Sin embargo, hasta que el contrato principal no sea resuelto no cabe suspender los pagos, a riesgo de asumir las consecuencias del impago (devengo de intereses de demora, inclusión en ficheros, reclamaciones judiciales* por parte de la financiera).
Para ello, precisan desde Legalitas, lo más recomendable es enviar un burofax a Vitaldent exigiendo el cumplimiento de contrato en un breve plazo (10 días) advirtiendo que, de no cumplirse, instarán la resolución de contrato por incumplimiento.
Pasados esos días, si no se cumpliera sería aconsejable enviar requerimiento a la financiera instando la resolución del contrato de préstamo e informando que se suspenden los pagos, enviando copia del burofax remitido a Vitaldent.