Los fotoprotectores no se incluirán en el SNS para los casos de lupus

 Josep Antoni Duran Con Conxita Tarruella
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 16 mayo 2013 16:49

MADRID, 16 May. (EUROPA PRESS) -

   El Gobierno ha negado que exista alguna previsión de incluir entre los productos que son financiados en el Sistema Nacional de Salud (SNS) a los fotoprotectores solares para aquellos enfermos afectados de lupus.

   Así responde el Ejecutivo en una respuesta parlamentaria dirigida a la portavoz de CiU en el Congreso en materia sanitaria, Conxita Tarruella, recogida por Europa Press, sobre las previsiones acerca de regular el reconocimiento del lupus como una enfermedad crónica, así como para incluir a los fotoprotectores indicados para los afectados de la misma en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.

    El Ejecutivo justifica que reciben la consideración de tratamientos crónicos a afectos de su financiación, las especialidades farmacéuticas clasificadas en los grupos y subgrupos terapéuticos incluidos en el 'Anexo III del decreto 1348/2003, de 31 de octubre', por el que se adapta la clasificación anatómica de medicamentos al sistema de 'clasificación ATC', correspondiéndoles a las mencionadas especialidades aportación reducida del usuario.

   En lo que se refiere a la inclusión de los fotoprotectores en la cartera de servicios del SNS, el Gobierno apunta que las prestaciones del sistema sanitario público están reguladas por el decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

   "No están incluidos los fotoprotectores en dicha cartera de servicios. Los protectores solares, así como los filtros de radiación UV permitidos en los mismos, se encuentran incluidos en el decreto 1599/1997, de 17 de octubre, por el que se regulan los productos cosméticos", recalca.

SON PRODUCTOS DE UTILIZACIÓN COSMÉTICA

   Al mismo tiempo, puntualiza que, según la normativa de 2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, no se incluyen en la financiación pública, entre otros, los productos de utilización cosmética.

   Por estos motivos, el Gobierno insiste en que la financiación de los productos cosméticos está expresamente excluida por la Ley de 2006, por lo que no cabría proponer su inclusión en la cartera de servicios, ya que no se trata ni de un medicamento ni de un producto sanitario.

   Eso sí, no descarta que esta petición pudiera abordarse en futuras reuniones de la Comisión de Prestaciones Aseguramiento y Financiación, para la valoración de su inclusión en cartera de servicios accesorios.

   "Hasta la fecha no existe ninguna propuesta en este sentido de ninguno de los servicios de salud de las comunidades autónomas, tampoco de la Generalitat de Cataluña, comunidad autónoma donde gobierna la formación a la que pertenece su señoría", según avisa el Gobierno a la nacionalista catalana.