Fenin aboga por un mecanismo ágil que incluya nuevas categorías y grupos de productos en la financiación del SNS

Archivo - Imagen de recurso botiquín médico.
Archivo - Imagen de recurso botiquín médico. - ISTOCK - Archivo
Infosalus
Publicado: martes, 10 febrero 2026 18:08

MADRID 10 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin) ha abogado por establecer un mecanismo ágil de incorporación de nuevas categorías o grupos de productos en la financiación del Sistema Nacional de Salud (SNS), después de que el Gobierno haya aprobado este martes el Real Decreto por el que se regula el procedimiento de financiación selectiva de los productos sanitarios en la prestación farmacéutica para pacientes no hospitalizados.

Según ha detallado en un comunicado, Fenin considera "imprescindible" que se puedan incorporar nuevas categorías y grupos a esta prestación para que los pacientes puedan acceder a nuevas soluciones clínicas y otros productos sanitarios destinados a la prevención de patologías o a las consecuencias de ellas.

A juicio de la federación, esta medida aportaría beneficios en lo que respecta a "ahorro de costes para la administración sanitaria y para la mejora de la calidad de vida de los pacientes".

Para que un producto sanitario pueda ser financiado con la nueva norma, debe pertenecer obligatoriamente a una de las cuatro categorías generales: materiales de cura; productos sanitarios destinados a la aplicación de medicamentos; productos sanitarios para la recogida de excretas y secreciones; y utensilios destinados a la protección o reducción de lesiones o malformaciones internas.

Dentro de estas categorías, los productos sanitarios se clasifican en dos grupos en función del tipo de aportación del usuario. Por un lado, los productos sujetos a aportación del usuario en función de su renta, entre los que se incluyen artículos de uso común como algodones, gasas, vendas y esparadrapos; apósitos y parches oculares; tejidos elásticos para la protección de lesiones o malformaciones; absorbentes para la incontinencia urinaria y otros sistemas relacionados, además de bragueros, suspensorios, irrigadores y sus accesorios.

Y por otro lado, los productos con aportación reducida, destinados a cubrir necesidades crónicas o específicas. En este grupo se encuentran, entre otros, los aparatos de inhalación -como cámaras, inhaladores e insufladores-; sondas y bolsas de recogida de orina, con sus correspondientes colectores y accesorios; productos de ostomía, como bolsas de colostomía, ileostomía y urostomía, junto con sus accesorios, apósitos y sistemas de irrigación; así como cánulas de traqueotomía, laringectomía y filtros.

ACTUACIÓN ÁGIL

La Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria ha agradecido al Ministerio de Sanidad la voluntad para desarrollar los cambios normativos que permitan la incorporación de la innovación tecnológica en la prestación farmacéutica, de forma que se garantice que los pacientes puedan contar con mejores tratamientos para sus enfermedades, situación pendiente desde el año 2006.

Además, ha expresado su confianza en que el Ministerio actuará con agilidad para resolver las solicitudes de incorporación de nuevos productos y para la actualización de las condiciones que garanticen el abastecimiento de productos esenciales.

Con todo, ha resaltado que la actual regulación de la prestación farmacéutica está pensada para el sector farmacéutico, pero no para el sector de Tecnología Sanitaria. Por ello, ha apuntado que espera que la nueva Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios, que está en tramitación, cuente con una regulación diferenciada para el sector de la tecnología sanitaria que reconozca las peculiaridades y especificidades de estos productos.

Contador

Contenido patrocinado