España permitirá la venta de preparados para lactantes y de continuación elaborados a partir de leche de cabra

bebé, biberón
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Actualizado: martes, 7 octubre 2014 0:53

MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto que modifica la regulación de los preparados para lactantes y de continuación para adaptarlos a la normativa europea, que entre otras cuestiones permitirá que estos productos puedan estar elaborados a partir de proteínas de leche de cabra, y no solo de vaca o aislados de proteínas de soja como hasta ahora.

La normativa modifica el Real Decreto 867/2008 de reglamentación técnico sanitaria de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación para incorporar la Directiva 2013/46/CE a la legislación española.

En la actualidad, la normativa vigente, que recoge una directiva de 2006, establece que los preparados para lactantes y los preparados de continuación se elaboren únicamente a partir de las fuentes proteínicas de leche de vaca y aislados de proteínas de soja, por separado o mezclados, así como hidrolizados de proteínas.

Sin embargo, en los últimos años, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés), ha emitido dos dictámenes en los que concluye que las proteínas de leche de cabra pueden ser una fuente adecuada para los preparados para lactantes y de continuación.

Asimismo, los preparados a base de hidrolizados de proteínas de lactosuero, con un determinado contenido en proteínas, y consumidos junto con alimentación complementaria, también pueden ser adecuados para lactantes de más edad.

En virtud de tales dictámenes y de la directiva europea, la norma española autorizará la comercialización de los preparados para lactantes y los preparados de continuación elaborados a partir de proteínas de leche de cabra, siempre que el producto final cumpla los criterios de composición establecidos en la Directiva; así como la de preparados de continuación a base de hidrolizados de proteínas de lactosuero, con un contenido de proteínas de 1,9 gramos por 100 kilocalorías.

De este modo, se introduce una "mayor flexibilidad" en relación con la composición de los productos regulados en esta norma, permitiendo la comercialización de productos innovadores y "una mayor oferta a disposición de los consumidores", mediante el empleo de una mayor variedad de fuentes de proteínas, siempre que el producto final cumpla los criterios de elaboración de alimentos seguros.