España incumple el plazo fijado por la UE para mejorar su seguridad radiológica

TAC, resonancia, prueba
EUROPA PRESS/JCCM
Actualizado: martes, 6 febrero 2018 10:54

MADRID, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

España no llegará a tiempo para la trasposición de la directiva europea 2013/59/EURATOM del Consejo de Europa, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen las normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, ya que los Estados miembros tenían hasta mañana martes, 6 de febrero, para dar cumplimiento con lo establecido en la misma.

La directiva no es exclusivamente sanitaria, ya que regula tanto la exposición a radiaciones en el ámbito médico, para mejorar la seguridad de los pacientes, profesionales sanitarios y equipos, como las exposiciones ocupacionales y poblacionales. Fuentes del CSN han apuntado a Europa Press que las competencias en materia de protección radiológica del paciente son del Gobierno y que el regulador participa como organismo asesor.

En el ámbito médico no establece límites de dosis en exposiciones médicas para los pacientes pero sí establece su derecho a ser informados sobre los riesgos y beneficios de las pruebas que emitan radiaciones ionizantes, como los PET o los TAC, así como la dosis a la que se exponen.

Además, establece que el prescriptor y el profesional sanitario que tienen la responsabilidad clínica de dicha exposición son los que deben informar al paciente de los riesgos y beneficios, así como de garantizar que dichas pruebas estén debidamente justificadas y optimizadas.

Por otro lado, la norma establece que cualquier equipo médico-radiológico que se implante a partir de febrero cuente con un dispositivo capaz de medir la dosis de radiaciones ionizantes a las que se ha sometido el paciente, y que esa información sea transmisible y se almacene.

El director médico de la aseguradora de responsabilidad civil sanitaria Sham, Carlos Fernández, ha reconocido que la directiva supone una oportunidad para mejorar la seguridad de los pacientes, sobre todo si se tiene en cuenta que en España se realizan cada año más de 47 millones de pruebas de imagen.

Y aunque el Gobierno aún no la ha incorporado a su ordenamiento jurídico, este experto reconoce que la legislación española ya cumple con gran parte de su articulado salvo algunos "vacíos" como la inclusión de la dosis en los informes radiológicos.

Algo que, según ha precisado, "no va a generar reclamaciones por responsabilidad civil sino otro tipo de acciones, más de tipo administrativo".

ESPECIALIDAD CON RECLAMACIONES PESE A SU BAJO RIESGO

Fernández ha apuntado que la radiología es una especialidad considerada de bajo riesgo por las aseguradoras pero, pese a ello, se ve envuelta con cierta frecuencia en reclamaciones.

De hecho, en un estudio realizado por esta entidad sobre 107 expedientes clasificados por errores de diagnóstico vieron que en un tercio de los casos fue porque no se hicieron los exámenes de diagnóstico por imagen necesarios, mientras que otro 30 por ciento de los casos se debió a una mala interpretación de las pruebas.

Para la gestión de posibles riesgos con estas pruebas, esta aseguradora ofrece una serie de recomendaciones como mejorar la comunicación clínico-radiólogo, tanto antes de realizar la prueba como en la interpretación de imágenes y elaboración del informe; o el registro en la historia clínica de la solicitud de la prueba y de la posterior realización, precisando en cada momento la situación del paciente para evitar posibles reclamaciones relacionadas con posibles retrasos.