VALLADOLID, 20 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de este martes publica las medidas especiales adoptadas en el Consejo de Gobierno extraordinario de la Junta celebrado este lunes, para frenar la expansión del coronavirus en la Comunidad, y que se centran en la hostelería y restauración, ocio nocturno, peñas y celebraciones y espectáculos públicos.
El Gobierno autonómico considera que la adopción de estas medidas y recomendaciones es la intervención "más eficaz" para reforzar las ya adoptadas con anterioridad, ya que desde el pasado 18 de junio, cuando la Junta declaró el nivel de alerta 1, hasta el día de hoy "la situación epidemiológica ha empeorado y se está experimentando el mayor volumen de contagios" en todo el territorio de la Comunidad.
Además de las medidas que entran en vigor hoy y con una vigencia de 14 días, aunque es revisable, la Junta incorpora una recomendación general a las autoridades competentes de evitar la celebración de eventos multitudinarios, y se establecen una serie de recomendaciones para aquellas actividades en las que se produce una mayor interacción social, como por ejemplo el cierre nocturno de parques o limitar aforos en piscinas o playas fluviales.
Así, según la orden publicada este martes, el consumo en el interior de los establecimientos de hostelería, restauración, sociedades gastronómicas y cualquier otro establecimiento, actividad o instalación en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, no podrá realizarse en barra o de pie, y deberá realizarse en mesa y no podrá superarse el 75 por ciento del aforo, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de diez personas. Además, suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles, o similares.
También establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 01.30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01.00 horas. No obstante, se exceptúa a los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo, así como a los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada.
Además, las discotecas y salas de fiesta para consumo en el interior del local permanecerán cerrados. Se permitirá consumo en las terrazas al aire libre de estos establecimientos en las mismas condiciones que el resto de las terrazas de hostelería y restauración con el horario administrativo que les corresponda.
Los establecimientos como pubs, karaokes, bares especiales y otros tendrán como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 01.30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01.00 horas y además la consumición deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, que será de 10 personas.
Por otra parte, también se ha decretado el cierre de peñas, mientras que la celebración de actuaciones musicales, verbenas, bailes públicos y similares en espacios públicos, incluidos los llamados pasacalles, deberá realizarse en espacios cerrados, con el público sentado, con uso de mascarilla, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.
En espacios al aire libre, con el público sentado, con uso de mascarilla, si no se puede mantener la distancia de 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes, añade la Junta.
Además, no permite el consumo de alimentos y bebidas durante los espectáculos a que se refiere el párrafo anterior, y la celebración de este tipo de actividades deberá finalizar, como máximo, a las 01.30 horas.
Las medidas también afectan a procesiones y romerías en vías y espacios públicos que podrán desarrollarse en recinto acotado; su aforo máximo será del 75% con un límite máximo de 1.000 personas al aire libre; los asistentes deberán estar sentados, manteniendo un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.
Las personas asistentes deberán portar mascarilla si no es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal. No se permitirán las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario. Tampoco se permite el consumo de alimentos y bebidas durante el desarrollo de las actividades a que se refieren los párrafos anteriores.
Además, a partir de mañana se mantendrán cerrados los parques y espacios asimilados delimitados y susceptibles de cierre desde las 00,00 hasta las 07.00 horas, y se reforzarán los controles para impedir el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos.
RECOMENDACIONES
El acuerdo del Consejo de Gobierno tiene un segundo gran bloque, referido en este caso a recomendaciones para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Así, la Junta recomienda en primer lugar limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable. De ahí que plantea reducir el aforo máximo en piscinas al aire libre al 75 por ciento y en piscinas cubiertas al 50 por ciento y aconseja adelantar el horario de cierre en una hora al habitualmente establecido.
Las limitaciones se plantean también para el acceso a playas fluviales y lacustres a partir de las 20.00 horas.
Además, recomienda desarrollar actividades teatrales en vías o espacios públicos con el público sentado y con un límite de aforo de 100 personas al aire libre, y no beber ni consumir alimentos durante la celebración de los citados espectáculos.
Otro de los consejos se refiere a desarrollar actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil con las limitaciones y requisitos que se establecen en la guía de actuaciones de actividades juveniles de tiempo libre que se celebren en la Comunidad.
En este sentido, cuando estas actividades se desarrollen al aire libre, se recomienda un aforo del 75 por ciento de su asistencia máxima habitual, con un máximo de 200 participantes incluyendo los monitores y ciando se desarrollen en espacios cerrados, se recomienda un aforo del 75 por ciento de la capacidad máxima, con un máximo de 100 participantes incluidos los monitores.
Por último, recomienda que las actividades se realicen en grupos inferiores a las 14 personas participantes, incluidos los monitores correspondientes y se recuerda que es obligatorio el uso de la mascarilla en el exterior cuando no se pueda mantener el metro y medio de distancia.