MADRID 24 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Asociación El Defensor del Paciente recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC) el convenio firmado el pasado enero entre la Comunidad de Madrid y la Provincia Eclesiástica de Madrid que establece que el Servicio de Asistencia Religiosa Católica de los Hospitales (SARC) formará parte de los Comités de Ética de los hospitales de la región y del Equipo Interdisciplinar de cuidados Paliativos al considerar que "afecta al derecho constitucional a decidir en el ámbito sanitario".
El Defensor del Paciente remitió hoy un escrito a la presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, en el que reclama que el documento, firmado por el consejero de Sanidad, Juan José Güemes, y el obispo auxiliar de Madrid, Fidel Herráez, en nombre de los obispos de las Diócesis de Madrid, "quede sin efecto", ya que España es "un país laico con poder y derecho de elección".
En este sentido, la asociación señala que "ninguna administración puede cambiar esto por capricho de imponer sus ideas a los ciudadanos sin consultarles".
El texto del convenio expone que el 8 de abril de 1997 se firmó un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Provincia Eclesiástica de Madrid para hacer efectivo el cumplimiento del acuerdo sobre asistencia religiosa Católica en los centros hospitalarios públicos en 1985 y en sus cláusulas se expone que al suscribir el convenio, la Comunidad de Madrid "reconocerá, protegerá y posibilitará el ejercicio del derecho (...) a la asistencia religiosa de los enfermos católicos y de todos aquellos internados que los deseen en los centros hospitalarios dependientes de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública de la Comunidad de Madrid.
La tercera de las cláusulas indica que la asistencia religiosa católica y la atención pastoral comprenderán, entre otras cosas las actividades de visitar a enfermos, celebrar actos de culto y administrar Sacramentos, asesorar en las cuestiones religiosas y morales y colaborar en la humanización de la asistencia hospitalaria. "El Servicio de Asistencia Religiosa Católica , a través de sus legítimos representantes, formará parte del comité de Ética y del Equipo Interdisciplinar de cuidados Paliativos", señala el escrito.
La segunda de las cláusulas afirma que la asistencia religiosa "se prestará, en todo caso, con el debido respeto a la libertad religiosa y de conciencia y su contenido será conforme con lo dispuesto en el artículo II de la Ley Orgánica de 5 de julio de Libertada religiosa".
Por último, el escrito dice que en cada centro hospitalario de la región "existirá un SARC para prestar asistencia religiosa y atención pastoral a los pacientes católicos del centro", y asegura que "la Comunidad podrá colaborar y participar en las actividades del SARC".