La vigencia de precios sería de dos años y habría un compromiso de los adjudicatarios de asumir el abastecimiento, al igual que la subasta
SEVILLA, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Real Decreto-ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) aprobado recientemente recoge en su articulado la posibilidad de establecer un sistema de precios seleccionados a los medicamentos y productos financiables con cargo la Estado, además del "compromiso" de los laboratorios que se alzasen con dicha autorización tras resultar finalmente seleccionados del adecuado abastecimiento de los fármacos "mediante declaración expresa" al efecto.
Se da la circunstancia de que este precio seleccionado para el conjunto del SNS tiene paralelismos con la subasta pública de medicamentos que aprobó recientemente el Gobierno andaluz, si bien la norma autonómica está actualmente paralizada tras los recursos del Gobierno estatal elevados al Constitucional contra el decreto-ley de la Junta y la resolución que la desarrollaba, y un tercer cuestionamiento por la vía de lo contencioso-administrativo.
Según el articulado de este decreto-ley nacional, el Ministerio de Sanidad tiene capacidad para proponer a la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos la aplicación del mecanismo de precios seleccionados a los medicamentos y productos sanitarios financiables.
En el caso de los fármacos financiados, ese sistema de precios seleccionados se aplicaría a medicamentos sujetos a precios de referencia, teniendo en cuenta el consumo del conjunto, el impacto presupuestario, la existencia de, al menos, tres medicamentos en el conjunto y que no se produzca riesgo de desabastecimiento.
El decreto-ley de Mato recoge, igualmente, que el precio seleccionado tendrá una vigencia de dos años durante los cuales no podrá ser modificado, a la par que la aplicación de este sistema supondrá la exclusión de la financiación pública de aquellas presentaciones que no resulten seleccionadas, por el tiempo de vigencia del precio seleccionado.
En cualquier caso, las presentaciones de los medicamentos que resulten afectadas por lo regulado en este artículo quedarán exentas, a partir de dicho momento, de la aplicación de las deducciones reguladas en los artículos 8, 9 y 10 del Real Decreto-ley 8/2010, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.
Agrega el articulado, entre otras consideraciones, que los laboratorios titulares de la autorización de comercialización de las presentaciones de los medicamentos y las empresas ofertantes de los productos sanitarios que resulten finalmente seleccionadas "deberán asumir el compromiso de garantizar su adecuado abastecimiento mediante declaración expresa al efecto".
El sistema de precios seleccionado también podrá aplicarse a medicamentos y productos sanitarios que, no estando financiados, se consideren de interés para salud pública en los términos expresados en la Ley General de Salud Pública de 2011. Asimismo, se podrá extender el mecanismo vía la selección por fijación de una aportación reducida por agrupaciones homogéneas.
SUBASTA ANDALUZA DE FÁRMACOS
Por su parte, la norma andaluza, con la que el Gobierno autonómico esperaba un ahorro de unos 40 millones con su primer procedimiento, cuya horquilla podría llegar hasta los 200 millones con todas las moléculas a concurso, recogía también una selección por convocatoria pública para todas las empresas y laboratorios que comercializasen los medicamentos y quisiesen presentarse al concurso de medicamentos con precios autorizados iguales o menores a los estipulados por el Ministerio.
En concreto, eran para los protectores gástricos, las estatinas usadas para reducir el colesterol y los inhibidores de la agregación plaquetaria, indicados para la prevención de coágulos, disminuir el riesgo de infarto e ictus.
Para ello, la norma andaluza estipulaba que estas empresas tenían que acreditar también que tenían capacidad para producir la cantidad requerida para dicho medicamento y su compromiso para garantizar el abastecimiento de manera que se pueda atender la demanda derivada de las prescripciones realizadas.
A partir de aquí, las empresas firmaban un convenio con el SAS que tendría una duración de dos años --como el proceso de selección que recoge el decreto-ley estatal--.
MARTÍNEZ OLMOS YA PIDIÓ UN PRECIO SELECCIONADO PARA TODO EL SNS
Pese a que el decreto-ley de agosto de 2011 aprobado por el anterior Ejecutivo central ya contenía el establecimiento de un precio seleccionado para todo el SNS, el portavoz de Sanidad del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso, José Martínez Olmos, y miembro del anterior departamento de Sanidad con Leire Pajín, propuso el pasado mes de marzo una moción en la Cámara Baja en la que pedía al actual Gobierno que impulsase un sistema de precio seleccionado para el Sistema Nacional de Salud (SNS) similar a la subasta de fármacos de Andalucía, medida con la que estimaba se podrían ahorrar más de 1.500 millones de euros al año en todo el Estado.
El objetivo de dicho sistema, según explicaba entonces Martínez Olmos, era poder "seleccionar mejor aquellos medicamentos que serán financiados por la sanidad pública en función de la evidencia científica disponible y de los beneficios reales que aportan a la salud de los ciudadanos".
Como ahora, los grupos de medicamentos presentes en dicho sistema deberían garantizar su adecuado abastecimiento mediante declaración expresa al efecto y las presentaciones que no resultaran seleccionadas quedarían "temporalmente excluidas" de la prestación farmacéutica del SNS "durante el plazo en que se mantenga vigente el sistema de precio seleccionado".