VALENCIA, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -
El titular del juzgado de instrucción número 14 de Valencia ha acordado el sobreseimiento libre de la denuncia presentada por las dos menores afectadas tras sufrir una posible reacción adversa a la vacuna del virus del papiloma humano (VPH), al considerar que los hechos denunciados no constituyen delito, según informaron en un comunicado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Las dos menores, una de ellas ya dada de alta y la otra ingresada en planta, aunque estable y evolucionando favorablemente, interpusieron una denuncia por delitos contra la salud pública --despachar medicamentos deteriorados o caducados, o que incumplan las exigencias técnicas relativas a su composición--, lesiones por imprudencia grave y otro relativo al mercado y a los consumidores.
Sin embargo, el magistrado encargado de las diligencias previas desestima la denuncia al entender que no puede cuestionarse que el medicamento Gardasil, suministrado a las menores, contase con la correspondiente autorización sanitaria por no ser nocivo, en principio, y que cumplía con los requisitos exigibles para ser comercializado en España.
Así mismo, agrega que tampoco se puede pretender que, quizá, se haya podido incurrir en una conducta de la suficiente entidad como para justificar la apertura de la vía penal, "máxime cuando no podemos presumir una posible manipulación del medicamento con objeto de una comercialización diferente de la que fue visada por las autoridades sanitarias", puntualiza.
Aclara, además, que "si la experiencia o investigaciones posteriores pueden demostrar la existencia de una serie de efectos secundarios --si bien por el momento no existe suficiente evidencia científica para establecer la relación de causalidad entre la administración de la vacuna y la aparición de convulsiones severas no sincopales--, ello podrá, en su caso, dar lugar a determinadas responsabilidades, evidentemente no penales, sino en todo caso civiles o administrativas".
En este sentido, el magistrado de instrucción número 14 de Valencia indica que la comercialización, expedición o despacho de medicamentos autorizados por las autoridades competentes no puede generar consecuencias penales, "sin perjuicio del derecho que tiene la parte perjudicada a acudir a los tribunales para el resarcimiento de los daños y lesiones sufridas, bien a través de la vía civil o administrativa".
En su escrito recoge que el medicamento Gardasil fue autorizado como vacuna contra el virus del papiloma humano (tipos 6, 11, 16 y 18) en octubre de 2006 por la Comisión Europea tras obtener el dictamen favorable del Comité de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Europea de Medicamentos. En octubre de 2007, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud español acordó incluir la vacunación sistemática de niñas de entre 11 y 14 años para prevenir el cáncer de cérvix.
En España se han distribuido 1.146.000 dosis de esta vacuna, 830.000 de ellas en 2008. Actualmente, el Sistema Español de Farmacovigilancia tiene registradas 103 notificaciones de sospechas de reacciones adversas asociadas a 'Gardasil', pero el magistrado instructor considera que la notificación de una sospecha de reacción adversa no implica necesariamente que haya una relación de causalidad entre el medicamento considerado sospechoso y el acontecimiento clínico.
Entre los casos comunicados se encuentran los de las dos niñas valencianas hospitalizadas, objeto de investigación científica para establecer su grado de relación con la vacunación y la posible existencia de causas alternativas que puedan explicar el cuadro clínico.
El Ministerio de Sanidad y Consumo ordenó el pasado 9 de febrero la suspensión de la administración y distribución del lote NH52670 de 'Gardasil', que constaba de 235.861 dosis, que fueron distribuidas 75.582 en España y el resto en Francia, Alemania, Suiza, Holanda e Italia, y ninguno de estos países ha comunicado casos similares a los descritos en la Comunitat Valenciana.
No obstante, el Ministerio de Sanidad y Consumo no sólo ordenó su suspensión, sino que envió comunicación a todos los Estados miembros de la Unión Europea informando de los dos casos registrados en Valencia y pidiendo información sobre casos similares. La respuesta obtenida fue negativa.