Dice que no existe "causalidad" entre las patologías de los empleados de cocina y las radiaciones de servicios de Radioterapia contiguos
VALENCIA, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Valencia ha pedido que se sobresea la causa abierta en el juzgado de Instrucción número 12 de Valencia por la muerte a consecuencia de cáncer de nueve trabajadores de cocina del Hospital Clínico, instalación contigua a los servicios de Radioterapia y Medicina Nuclear, al considerar que no existe un nexo común entre los fallecimientos y la exposición a radiaciones.
El fiscal encargado de esta causa, Jaime Gil, ha realizado esta petición tras estudiar los informes remitidos por la Facultad de Físicas y otros informes técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear --a quien le corresponde reglamentariamente el control y vigilancia de los servicios nucleares y radiológicos de España--, así como de la Conselleria de Sanitat y del Ayuntamiento de la ciudad.
El acusador público considera que en esta causa, originada tras la denuncia presentada en noviembre de 2007 por parte de familiares de estos trabajadores que fallecieron como consecuencia de diferentes tipos de cáncer, no existe "causalidad" entre las patologías sufridas y las radiaciones de los servicios de Radioterapia del centro sanitario.
El fiscal cita en su escrito el informe del Servicio de Radiofísica y Protección Radiológica, de 30 de enero de 2007, que refería que resultaba "absolutamente improbable" que las patologías de los fallecidos fueran "consecuencia" de la exposición a radiaciones ionizantes, "cuyo origen fuese la actividad propia del Servicio de Radioterapia", dado que los niveles estaban "muy por debajo de los legalmente establecidos".
Junto a éste, incluye otro informe elaborado por el Área de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública de la Conselleria de Sanitat indicaba que no resultaba procedente calcular tasas de mortalidad o incidencias basadas en los casos confirmados, ya que estos indicadores presentaban "enorme variabilidad" y carecían prácticamente de valor, "cuando los casos son muy pocos".
Así mismo, y en esta línea, incorpora un informe elaborado por el Departamento de Física Atómica, Molecular y Nuclear de la Facultad de Física de Valencia acreditaba que los trabajadores que prestan sus servicios en las instalaciones radioactivas "realizan su trabajo en condiciones de protección radiológicas seguras" y que los empleados situados en zonas exteriores al servicio, dado la distancia a la que se encuentran respecto de las fuentes de radiación y teniendo en cuenta, además, los tabiques y muros de carga interpuestos, que hacen el papel de blindaje protector, "no están sometidos a nivel de radiación diferente de la radiación de fondo ambiental".
Por parte del Consejo de Seguridad Nuclear se emitió otro informe en el que se constataba que estaban disponibles los archivos históricos de las verificaciones diarias, realizadas "siguiendo el protocolo, diarios de operaciones, equipos simulador" y no se constató "ninguna anormalidad". Además, en noviembre de 2007, el servicio de Radiofísica realizó una verificación y no se obtuvieron incidencias significativas.
Así mismo, el médico forense emitió un informe --también referenciado en el escrito de Fiscalía-- sobre la etiología del cáncer padecido por los fallecidos, que estimaba que éstos no eran coincidentes, por lo que llegó a la conclusión de que no se podía establecer que la patología sufrida por las víctimas fuese consecuencia de los hechos denunciados.
LA COCINA
Respecto a la cocina en la que trabajaban los fallecidos, el fiscal incorpora un informe de la jefatura de servicios de Mantenimiento del Clínico, que indica que ésta lleva más de 50 años en la misma ubicación, y que se realizaron reformas respecto a acometidas de desagües, "con control periódico por los servicios de mantenimiento, revisión y sustitución de filtros".
Por su parte, el Ayuntamiento de Valencia aportó otro escrito sobre el sistema de extracción y evacuación de humos, procedente de radiología y cocinas del centro, en el que se constató que no existía comunicación alguna entre ambas instalaciones, y que las conexiones al alcantarillado también era independiente en ambas zonas.
Por todo, el fiscal considera que se han efectuado todo tipo de comprobaciones técnicas sobre la adecuación de las instalaciones de la cocina del hospital respecto a la proximidad de una fuente de radiaciones ionizantes y la evacuación de los productos empleados en ambas, y no se ha constatado ni defecto de las instalaciones o de productos, ni "causalidad con la patología sufrida por las víctimas".
De esta manera, y para evitar formular acusaciones mal fundadas que o bien conduzcan inexorablemente a una sentencia absolutoria, o bien se castigue con la llamada pena de 'banquillo' a una persona inocente, solicita el sobreseimiento provisional de la causa. Concluye que "no se puede desarrollar, a la vista del material probatorio, una mínima actividad probatoria que pueda estimarse de cargo con mínimas garantías de desvirtuar la presunción de inocencia".