MADRID 19 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha exigido este miércoles que el periodo de guardia localizada que realizan los profesionales del Sistema Nacional de Salud (SNS) se reconozca de forma adecuada a nivel retributivo y compute como tiempo de trabajo efectivo.
Así lo ha señalado amparándose en una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que, según la organización sindical, refuerza este derecho de los empleados públicos, incluidos los del ámbito sanitario, cuando las condiciones impuestas restringen de manera considerable su libertad personal y su capacidad para dedicarse a conciliar vida familiar y personal.
Según CSIF, el TJUE ha vuelto a recordar que el concepto de tiempo de trabajo contemplado en la Directiva 2003/88/CE abarca todos los períodos en los que el trabajador está obligado a permanecer disponible para el empleador, de modo que las limitaciones objetivas y significativas impuestas durante ese tiempo de guardia localizada determinan que no pueda considerarse un período de descanso.
El sindicato ha asegurado que esta sentencia tiene "plena aplicación" en el SNS y, en especial, para aquellos profesionales que realizan guardias localizadas no presenciales. Así, cuando las condiciones de localización imponen una respuesta inmediata o con plazos muy reducidos, o cuando las distancias y restricciones limitan la posibilidad de organizar su vida personal, ha insistido en que ese tiempo debe computarse como tiempo de trabajo efectivo y ser retribuido como tal.
Además, CSIF ha señalado que el fallo de la Justicia europea también recuerda que los empleados públicos tienen derecho a mantener su retribución normal durante los períodos de descanso, vacaciones y permisos retribuidos, reafirmando la plena aplicación de las normas europeas de tiempo de trabajo al personal público, incluido el personal del SNS.
Por todo ello, CSIF ha demandado a las administraciones sanitarias españolas que adapten sus normativas y sistemas a la Directiva europea y la jurisprudencia del TJUE. En este sentido, ha expresado su rechazo a la actual redacción del Anteproyecto de Estatuto Marco en lo que se refiere al modelo de guardias localizadas, ya que el texto recoge que solo sea considerada jornada realizada cuando sea requerido el servicio presencial de los profesionales.