MADRID, 8 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha esperado que el Tribunal Supremo admita a trámite su querella contra el ministro de Sanidad, Salvador Illa, y contra todos aquellos que durante la investigación de los hechos y sustanciación del procedimiento pudieren resultar implicados, por la gestión de la crisis del Covid-19, tras conocerse la sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo.
"Resulta muy llamativo el pronunciamiento y la declaración contenida en el fallo de la sentencia, pues el TS no estaba obligado a entrar al fondo del asunto ni realizar declaración alguna por existir un defecto de forma en el recurso. Por ello y en la línea de esta sentencia, entendemos que refuerza los argumentos esgrimidos en nuestra querella", ha dicho la organización sindical.
Tal y como argumenta CSIF en su querella, la sentencia concluye que los medios disponibles no fueron los suficientes en los momentos iniciales para proteger debidamente al personal sanitario. Esa insuficiencia, continúa la sentencia, no cuesta esfuerzo relacionarla con la elevada incidencia de la pandemia entre los profesionales sanitarios y, por tanto, en los derechos fundamentales de los que se vieron afectados".
En este sentido, la sentencia recalca que el conjunto de los servicios de salud de la Administración del Estado y de las comunidades autónomas no fueron capaces de dotar a los profesionales de la salud de los medios precisos para afrontar protegidos la enfermedad y que así corrieron el peligro de contagiarse y de sufrir la enfermedad", como efectivamente sucedió. "Se contagiaron muchos y entre ellos hubo numerosos fallecimientos", apostilla el fallo.
En esta misma línea, la querella de CSIF reclama que se investigue la falta de acopio de medios de protección pese a los reiterados avisos de la Organización Mundial de la Salud, entre otras instituciones, las semanas previas al estado de alarma. En concreto, la querella de CSIF considera que la falta de acopio de material de protección (mascarillas, guantes, batas, etcétera) y la posterior distribución de material en malas condiciones (mascarillas fake) suponen la vulneración de los derechos a la protección de los trabajadores (artículos 316 y 317 del Código Penal) y en consecuencia los presuntos delitos de homicidio y lesión imprudente.