MADRID 25 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Congreso de los Diputados rechazará este martes la toma en consideración de una proposición de ley del PSOE, para la creación de una 'ley estatal' de muerte digna o reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de su vida, con el previsible voto desfavorable del PP a dicha iniciativa, según han asegurado a Europa Press en fuentes 'populares'.
A juicio del PP, la propuesta socialista no aporta ninguna novedad que merezca ser incorporada a título de ley, además de que carga exigencias a las comunidades autónomas en materia asistencial y se les imponen una serie de gastos que, dada la actual crisis económica, no son convenientes.
Desde el PSOE, será el portavoz en materia sanitaria, José Martínez Olmos, el responsable de defender dicha iniciativa, que tiene como objetivo la "protección de la dignidad de las personas enfermas que se encuentran en fase terminal", y la garantía del "pleno respeto de su libre voluntad en la toma de decisiones sanitarias" que afecten a dicho proceso.
Se trata de uno de los objetivos que tenía marcados el PSOE en la anterior legislatura y que, por el adelanto de las elecciones, no le dio tiempo a presentar, junto a otras proposiciones de ley como la de la Igualdad de Trato, que también se quedó en el 'tintero'.
En cuanto al objeto de la ley, el PSOE detalla que se ocupa del proceso del final de la vida, concebido como un final próximo e irreversible, eventualmente doloroso y potencialmente lesivo de la dignidad de quien lo padece, para, en la medida de lo posible, aliviarlo en su transcurrir, con respeto a la autonomía, integridad física e intimidad personal de la persona.
Igualmente, dice que garantiza una serie de derechos, como el derecho a la información asistencial, el derecho a la toma de decisiones, el derecho al tratamiento del dolor, al acompañamiento y a la intimidad, además de establecer que toda persona mayor de edad y con plena capacidad, puede manifestar anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en el proceso final de su vida, mediante un Documento de Instrucciones Previas.
El PSOE apoya en su defensa también que la iniciativa se ha realizado tras un proceso de consultas con expertos y organizaciones médicas y de pacientes y sus principios coinciden plenamente con los planteamientos de la Organización Médica Colegial (OMC) y la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL).
"Ofrece garantías a todos los pacientes y a sus familias, al tiempo que da una mayor seguridad jurídica a los profesionales del Sistema Nacional de Salud. Asimismo, crea un marco equitativo para todos los ciudadanos, vivan donde vivan", defiende Martínez Olmos.
Es más, con esta normativa se pretende asumir legalmente el consenso generado sobre los derechos del paciente en el proceso final de su vida, sin alterar, en cambio, la tipificación penal vigente de la eutanasia o suicidio asistido, concebido como la acción de causar o cooperar activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, "aspecto ajeno a lo regulado en esta ley", incide el PSOE.
NO ES EUTANASIA LO QUE SE REGULA
De esta manera, insiste en su argumentación en que esta normativa nada tiene que ver con la eutanasia y representa una actuación "completamente" ajena a dicha práctica. "No cabe sin embargo incluir entre los derechos consensuados de los pacientes en el proceso final de su vida, el de ser sujeto de la actuación conocida como 'eutanasia', un término que etimológicamente significa 'buena muerte'", insiste en varias ocasiones.
Además, resalta que algunas comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias, se han ocupado ya de regular la materia, aunque con "desigual extensión". Por ello, plantea la presente ley como una normativa estatal básica que reconozca en España un "haz de derechos" a todas las personas, con independencia del territorio o de la administración sanitaria encargada de velar por su tratamiento en el proceso final de la vida.
En este sentido, la regulación planteada contiene una previsión de derechos de las personas en el marco de la prestación de los servicios sanitarios y una garantía de acceso a determinadas prestaciones concretas. En concreto, se establecería el principio fundamental de pleno respeto a la voluntad de las personas en el proceso final de su vida y con ello, plantean una delimitación de la aplicación de la ley mediante la presencia de un pronóstico vital reducido en el tiempo e irreversible.
Igualmente, otro apartado estaría dirigido a la declaración de las personas en el derecho final de su vida, nucleada en torno al derecho a la toma de decisiones, que presupone, como ha afirmado el propio Tribunal Constitucional, según el PSOE, el derecho a una información completa, clara y comprensible. Junto a esta información, los elementos de falta de capacidad que pueden darse en los pacientes en razón de su minoría de edad o de su estado físico y cognitivo.