Condenan a la Comunidad de Madrid a pagar 10.000 euros de indemnización por la muerte de un paciente con Covid

Archivo - Señalización del área de pruebas PCR
Archivo - Señalización del área de pruebas PCR - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 10 octubre 2023 14:59


MADRID, 10 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Comunidad de Madrid a indemnizar con 10.000 euros a los familiares de un hombre de 79 años con Covid-19 fallecido en 2020 por no garantizarle los medios de diagnóstico adecuados.

El fallo de la Sección 10 de lo Contencioso Administrativo determina que el paciente falleció el 25 de marzo de 2020 en el Hospital Universitario Ramón y Cajal por no ser atendido correctamente y no utilizar los medios necesarios para diagnosticar una infección por Covid-19 y, por lo tanto, reconoce la pérdida de oportunidad terapéutica para poder haber abordado con mayores garantías su tratamiento.

La sentencia, facilitada por la Asociación El Defensor del Paciente, concluye que se produjo una deficiente atención sanitaria al paciente tanto en la asistencia dispensada en el Centro de Salud Mar Báltico el 12 de marzo como en la asistencia prestada en el Hospital Universitario del 19 a 25 de marzo.

Según se relata, el contagio de Covid-19 se pudo producir en el curso de una cirugía oral practicada en el referido hospital el 5 de marzo de 2020. El hombre acudió al centro de salud los días 2 y 16 de marzo, al Servicio de Urgencias del Ramón y Cajal el 15 de marzo y fue ingresado en el centro hospitalario el 19 de marzo. En todo este proceso, no se le realizó la prueba de Covid.

La representación legal de la defensa, ejercida por el letrado Antonio Navarro Rubio, reclamó 250.000 euros en concepto de indemnización pero, tras el recurso de la Comunidad de Madrid, el tribunal ha fijado en 10.000 euros el importe.

La defensa de la familia entiende que, además de la mala praxis, existió pérdida de oportunidad de un buen resultado final al alegal que se desantendieron los síntomas que presentaba en una situación de pandemia, lo que condujo a un diagnóstico tardío.

En este sentido, el TSJM recuerda que en los casos de reclamaciones derivadas de actuaciones sanitarias la jurisprudencia señala que no resulta suficiente la existencia de una lesión sino que se requiere del criterio de la 'lex artis' para determinar cuál es la actuación médica correcta. Así, se aporta un dictamen de un perito judicial según el cual fue "desacertada" la decisión de no haber realizado una prueba de PCT, que habría permitido diagnosticar precozmente el Covid.

En este sentido, la sentencia concluye que no es posible apreciar vulneración de la 'lex artis' ni pérdida de oportunidad terapéutica en la asistencia en el centro de salud y el hospital "pero no cabe predicar lo mismo de la asistencia sanitaria dispensada por el Servicio de Urgencias" del centro hospitalario el 15 de marzo.

"Pese a que presentaba síntomas y signos de diversas enfermedades, entre ellas de Covid-19, y a que el hospital disponía de medios suficientes para efectuar pruebas para detectectarla, se le remitió a su domicilio sin haberse indagadao cuál era la enfermedad que estaba causando sus dolencias, y sin habérsele hecho una prueba de PCR, de las que disponía el hospital y que habría permitido un diagnóstico más temprano", se señala en el fallo.

Aunque se desconoce cuál habría sido la evolución de la enfermedad si se hubiera iniciado el tratamiento cuatro días antes, se añade, y aunque existieran pocas probabilidades de supervivencia, "lo cierto es que esa decisión generó la pérdida de la oportunidad de recibir tempestivamente una terapia acorde a la enfermedad padecida".

El importe de la indemnización se ha fijado teniendo en cuenta criterios como la edad del paciente, 79 años, la elevada mortalidad de la infección por Covid y la dificultad en el tratamiento en dicho momento.

Desde la Asociación El Defensor del Paciente han subrayado que se trata de una sentencia "pionera" en la medida en que "es la primera" en la que se condena a la Administración sanitaria por la muerte de un paciente contagiado por Covid-19 pero ha considerado que "raya la amoralidad" al conceder "ridículas indemnizaciones" de "escasas cuantías". "Es indignante cómo, en la mayoría de las ocasiones, favorece los intereses de la Administración sanitaria y qué poco valoran la vida de una persona", valora.