A Competencia no le convence la regulación que fija el precio de los medicamentos

Imágenes de recursos de pastillas, fármacos
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Actualizado: martes, 1 diciembre 2015 13:03

MADRID 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

Un informe publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la financiación y fijación de precios de medicamentos y productos sanitarios, cuestiona diferentes preceptos de dicha regulación al entender que limita la competencia, no garantiza la transparencia y no desarrolla el principio de coste-eficacia a la hora de elegir medicamentos.

La CNMC recuerda que una intervención pública a través de la fijación de precios constituye una limitación de la libertad de empresa constitucionalmente reconocida; no obstante, es plenamente consciente de la necesaria protección de la salud de los ciudadanos y en especial de la necesidad de preservar el acceso a medicamentos seguros, eficaces y de calidad en condiciones de equidad a precios accesibles.

En este sentido recuerda que no se ha demostrado que la intervención de precios sea ni la única ni la mejor de las opciones disponibles por la Administración; y tampoco que se deba intervenir con tanta intensidad como en la regulación española, donde la intervención acaba resultando en una fijación directa de precios y de márgenes. De especial gravedad además, es la ampliación de estas medidas regulatorias de especial intensidad a los productos sanitarios, de naturaleza totalmente diferente a los medicamentos.

Para aumentar la competencia, recomienda explorar mecanismos de mercado como las subastas y compras públicas centralizadas por poder conllevar competencia en precios -y su consiguiente reducción y ahorro presupuestario-, mayor transparencia y mejora de la eficiencia administrativa. No obstante, en su diseño deberán considerarse los principios garantes de una competencia efectiva, entre
otros: facilitar la libertad de acceso a la licitación; evitar la
discriminación entre operadores; reducir los riesgos de concentración
del número de operadores y contrarrestar el riesgo de comportamientos
colusorios.

CONTRA LA REGULACIÓN DEL PRECIO DE PRODUCTOS SANITARIOS

Asimismo, es muy crítico con el régimen de regulación de precios previsto para los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica, que afirma es "rechazable "puesto que supone extender el intenso régimen de regulación de precios de medicamentos a unos productos (gasas, vendas, absorbentes para incontinencia y otros) sin tales características ni singularidades.

"Se recomienda eliminar el régimen introducido, especialmente la regulación de márgenes y la reserva de dispensación en farmacias. En su lugar cabe extender mecanismos de aprovisionamiento competitivos y la ampliación del sistema de agrupaciones homogéneas", advierte.

La CNMC recomienda el desarrollo preciso y efectivo de los criterios de financiación y fijación de precios ya previstos en el Texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios.

Además aconseja la generalización de la evaluación económica rigurosa en la toma de decisiones (tanto iniciales como su seguimiento y revisión). En particular debe desarrollarse el principio de coste-efectividad y valorarse la introducción del método de fijación de precios basado en el valor.

Del mismo modo pide una mayor concreción de los mandatos de suministro de información de facturación de medicamentos hospitalarios así como su seguimiento y evaluación. No solo el volumen de unidades consumidas sino su precio y el volumen de gasto total, actualmente desconocido.

Asimismo, advierte de que los márgenes a los que se remite el proyecto resultan cuestionables por su justificación, configuración, nulo incentivo a la eficiencia de operadores y proporcionalidad. Y, por tanto, recomienda valorar sistemas alternativos de retribución.

También recomienda eliminar la limitación a los descuentos sobre el precio de los medicamentos objeto de publicidad dirigida al público y no sujetos a prescripción médica.

Esta regulación afecta a todos los operadores: laboratorios, fabricantes y comercializadores, entidades de distribución y oficinas de farmacia. También influye en las diferentes Administraciones sanitarias, en los ciudadanos como usuarios de medicamentos y productos sanitarios y en las cuentas públicas.

MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS

Aunque alerta de la existencia de un "déficit de información, seguimiento y evaluación" generalizada, entiende que puede ser mayor cuando se habla de fármacos hospitalarios. Por ello demanda concretar los mandatos de suministro de información de facturación de
medicamentos hospitalarios. No solo el volumen de unidades consumidas
sino su precio y el volumen de gasto total, actualmente desconocido. Asimismo, incluir una evaluación continua y ex post de las decisiones de precio y financiación acerca de los mismos, en línea de lo señalado para el resto.

En cuanto al régimen de precios seleccionados, manifiesta que se aleja de la filosofía pro competitiva. Se trata de un sistema
de fijación de precios sin concurrencia de oferentes que compitan en precio. La Administración fija el precio seleccionado y los operadores manifiestan su intención de adherirse, sin proponer precio inferior alternativo.

"Es por ello rechazable desde el punto de vista de la promoción de la competencia y la regulación económica eficiente toda vez que no es un mecanismo de mercado sino una fijación directa de precio por la Administración; no se precisa en qué supuesto podría ser de aplicación; y no hay detalle alguno del criterio que fundamente la resolución de la Administración", añade en su argumentación.

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