MADRID, 10 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Colegio de Médicos de Madrid ha presentado un recurso por vía judicial contra la conversión de las horas de guardia en jornada ordinaria, incluida en la ampliación de la jornada laboral a 37,5 horas semanales en los servicios sanitarios.
Según ha informado la organización colegial en un comunicado, el recurso se fundamenta en que la medida "detrae" horas de asistencia efectiva por otras en las que sólo se pueden atender urgencias, algo que a su juicio ocasiona un perjuicio económico para los facultativos y repercute negativamente en la calidad asistencial.
Antes de este recurso, de forma cautelar y como es preceptivo, el Colegio de Médicos interpuso un recurso de alzada por la vía administrativa. También señala que esta conversión baja de forma efectiva el salario del médico al computar como ordinario horas en festivos o por nocturnidad.
Asimismo, la organización colegial también cree que afecta a los pacientes, que "ven rebajadas las horas en las que su médico le puede prestar asistencia, ya que durante las horas de guardia los recursos son reducidos y sólo se atienden casos urgentes, y no hay asistencia ordinaria reglada, como consultas, pruebas o cirugías programadas".
Además, enfatiza que la instrucción que recoge la aplicación de las 37,5 horas semanales sin alcanzar un acuerdo en la Mesa Sectorial de Sanidad y considera que su contenido "resulta discriminatorio respecto al resto de personal estatutario, funcionario y laboral de la Consejería de Sanidad", al igual que al resto de la administración autonómica.
En estos casos, según indica el Colegio de Médicos, al no tener que hacer guardias les supone un incremento de las horas ordinarias que pueden realizar de distintas formas y su retribución salarial no se ve afectada.
Por otro lado, el Colegio ya está trabajando en el desarrollo de una Comisión de Calidad que vele y certifique la calidad que se presta en los diferentes centros sanitarios de la Comunidad, con independencia de su modelo de gestión.
(EUROPA PRESS MADRID)
MD SAN 20130410152441 DGF