Archivo - Image de recurso de una mujer en silla de ruedas. - JESÚS HELLÍN / EUROPA PRESS - Archivo
MADRID 5 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha propuesto reconsiderar la ampliación a cinco años del plazo de actualización de los productos ortoprotésicos, al considerar que no se acredita suficientemente la estabilidad del sector.
Así se ha pronunciado tras analizar el proyecto de Orden que modifica la regulación de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y el procedimiento de actualización de la oferta de productos ortoprotésicos.
Este proyecto adapta el sistema de identificación de los productos ortoprotésicos financiados a través del SNS a la normativa de la Unión Europea, amplía la renovación de la oferta de prestación ortoprotésica de tres a cinco años y plantea una implantación progresiva de los cuatro apartados de la cartera común suplementaria (prótesis externas, sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales).
La CNMC recomienda reconsiderar esta ampliación de tres a cinco años, ya que, a su jucio, no se acredita de forma suficiente la estabilidad empresarial que justificaría ampliar el periodo. Además, recuerda que es un mercado dinámico, con innovaciones frecuentes y donde un plazo más largo puede afectar a la actualización y la competencia entre productos.
También señala que sería conveniente explorar otras metodologías de fijación de precios que refuercen la eficiencia y eviten efectos restrictivos, revisando los procesos de actualización del catálogo, la determinación de los Importes Máximos de Financiación (IMF) y el acceso al mercado para nuevos operadores.
NORMATIVA COVID-19
La segunda norma analizada deroga la Orden SND/354/2020 que fijaba precios máximos para mascarillas quirúrgicas e higiénicas, geles y soluciones hidroalcohólicas o antisépticos autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y test de antígenos de autodiagnóstico. Su eliminación implica el fin de la intervención de precios vigente desde 2020.
La CNMC no plantea objeciones, aunque recuerda que la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 finalizó el 4 de julio de 2023 (hace más de dos años) y, por tanto, las medidas excepcionales adoptadas durante la pandemia debían haberse mantenido únicamente mientras persistían las causas que las motivaron.