Sanidad y las comunidades autónomas fijan un tiempo máximo de 180 días de espera para cinco tipos de cirugía

Actualizado: lunes, 18 octubre 2010 18:15

Se fija por primera vez un plazo máximo, y se excluyen los trasplantes, las técnicas de reproducción asistida y la atención de urgencia

PALMA DE MALLORCA, 18 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han aprobado, en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), un Real Decreto en el que se fija un tiempo máximo de 180 días para cinco tipos de intervenciones quirúrgicas -cardiaca valvular, cardiaca coronaria, cataratas, prótesis de cadera y prótesis de rodilla-, a través del cual quedan homogeneizados los tiempos de espera de estos procesos en todas las comunidades autónomas y para todos los pacientes.

La ministra de Sanidad Y Política Fiscal, Trinidad Jiménez, ha informado de esta nueva norma en la rueda de prensa posterior a la reunión del CISNS, celebrada en el Palacio de la Almudaina de Palma de Mallorca. En su intervención destacado el carácter "constructivo" y de "consenso" del encuentro en el que han participado todos los consejeros en materia de sanidad de las diferentes comunidades autónomas.

Jiménez ha destacado que el Decreto ha sido aprobado por unanimidad y que todas las comunidades se han comprometido a respetar este plazo, que ahora pasa a ser de obligado cumplimiento, mediante las estrategias que cada región considere más oportunas.

La titular de Sanidad ha remarcado que este Decreto es "un primer paso" que se irá desarrollando en el futuro para incorporar nuevos procesos, así como para rebajar los plazos marcados. En este sentido, ha puntualizado que el texto recoge que, previo acuerdo del Consejo Interterritorial, el Ministerio podrá revisar los tiempos máximos de espera.

Asimismo, ha subrayado que este avance supone que todos los pacientes, con independencia de la región en la que vivan, tendrán "el derecho" a ser atendidos en este plazo de seis meses. Además, ha apuntado que esta medida genera más "equidad" y "coherencia" en el Sistema Nacional de Salud (SNS).

El texto define el tiempo máximo de acceso como el tiempo de espera, expresado en días naturales, que no podrá excederse para intervenir quirúrgicamente, atender consultas externas o realizar un procedimiento diagnóstico o terapéutico a un usuario del SNS. Este tiempo se contabilizará desde la fecha de entrada del usuario en el registro de lista de espera.

Para el establecimiento de los tiempos máximos de espera en la realización de determinadas intervenciones quirúrgicas se ha establecido como criterios la gravedad de las patologías motivo de la atención; si la operación es eficaz para incrementar la supervivencia del paciente; y si la realización temprana evita la progresión de la enfermedad o las secuelas de la misma.

La ministra ha detallado que el proyecto de Real Decreto especifica que, por sus características particulares, quedan excluidas una serie de intervenciones como los trasplantes de órganos y tejidos, cuya realización dependerá de la disponibilidad de órganos. Tampoco se acogen aquellas intervenciones que puedan requerir una espera para reunir las condiciones adecuadas para su realización, como es el caso de las relacionadas con las técnicas de reproducción humana asistida.

Del mismo modo, queda excluida la atención sanitaria de urgencia, incluidos los reimplantes de miembros y la atención a quemados, además de la atención sanitaria no incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud regulada.

CARTERA DE SERVICIOS

Por otra parte, el Ministerio ha presentado también al Consejo Interterritorial una orden que introduce novedades en la cartera de servicios del SNS. Concretamente, sobre la financiación de los trasplantes cuando se hacen con donantes vivos y con la introducción de una nueva prestación con productos dietéticos.

En el caso de los trasplantes con donante vivo (bien de órganos sólidos como el riñón o el hígado bien de médula ósea, por ejemplo), el trasplante incluirá la atención y los costes relacionados con el proceso de la donación, así como sus posibles complicaciones.

En lo que respecta a la ampliación de la prestación con productos dietoterápicos, la orden introduce en la cartera de servicios del SNS el tratamiento de los trastornos del metabolismo de aminoácidos, en concreto de los trastornos del metabolismo de la serina.

La redacción y desarrollo de este real decreto es uno de los acuerdos alcanzados por el Consejo Interterritorial en la reunión que se celebró el pasado 18 de marzo para avanzar en medidas que mejoren y garanticen la sostenibilidad del sistema sanitario.