CCOO rechaza firmar el Convenio Estatal de las Oficinas de Farmacia porque no se han negociado las guardias

Publicado: lunes, 10 octubre 2022 13:33

MADRID 10 Oct. (EUROPA PRESS) -

CCOO ha rechazado firmar el acuerdo del Convenio Estatal de las Oficinas de Farmacia entre la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), y los sindicatos UGT Servicios Públicos y la Unión de Trabajadores de Farmacia (UTF), por la "oposición rotunda" por parte de la patronal a que se acordase, "ni tan siquiera se debatiese", cualquier tipo de modificación sobre los servicios de guardia.

Y es que, a juicio de la organización sindical, es necesario acotar las horas complementarias de guardia exclusivamente a las obligaciones legales que establezcan las comunidades autónomas, con el fin de evitar un "abuso" en el uso de esta figura que "redunda negativamente" en la conciliación de la vida laboral con la vida familiar, e impide que las necesidades de cobertura al margen de las mencionadas obligaciones sean cubiertas con la pertinente contratación.

"CCOO no comparte el visto bueno de los sindicatos UGT y UTF, que han supeditado todo a la subida salarial pactada. El nuevo texto del convenio apenas recoge mejoras más allá de la subida salarial (un día más de asuntos propios y el descanso de un fin de semana al mes para las personas trabajadoras con más de dos empleados con jornadas de lunes a domingo en horario ampliado)", ha dicho CCOO.

Además, prosigue, incluye "empeoramientos" como, por ejemplo, la subida del cómputo anual de la jornada para los años 2023 y 2024, o la reducción de 5 a 3 días naturales para el segundo grado de afinidad en el permiso por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge o de parientes.

Del mismo modo, el sindicato ha comentado que establece una adaptación de la reforma laboral en el capítulo de empleo con una regulación del contrato fijo discontinuo que "no garantiza periodos mínimos de trabajo efectivo", y reducciones en las retribuciones de los antiguos contratos formativos (formación en alternancia) y de prácticas (formativo para la obtención de la práctica profesional), que se adaptan a las retribuciones mínimas que recoge el estatuto de los trabajadores.