BARCELONA 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado este martes el recorte del 5 por ciento de los sueldos en el 80 por ciento de los centros sociosanitarios y de salud mental concertados, argumentando que el convenio colectivo impedía a las gerencias aplicar la citada rebaja de forma unilateral, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Con todo, el tribunal considera que la rebaja sí se ajusta a derecho en el 20 por ciento de los centros que son entidades de derecho público, consorcios y fundaciones con participación mayoritaria de la Generalitat o consorcios con participación mayoritaria de ayuntamientos o entidades locales, ha informado el Sindicato de Enfermería (Satse).
El fallo no es firme, por lo que Satse se plantea interponer recurso contra esta sentencia, ya que no está de acuerdo con la estimación de la rebaja salarial en los centros de derecho público.
Las partes enfrentadas son las patronales Unió Catalana d'Hospitals, Consorci d'Associació Patronal, Sanitaria i Social y la Associació Catalana d'Entitats de Salud con CC.OO., UGT, Associació de Metges i Enfermeres, Metges de Catalunya, Usoc, CGT y el Sindicat d'Auxiliars d'Enfermeria (SAE), además de Satse.