Cataluña.-Condenan al ICS a pagar 600.000 euros por las lesiones a un bebé debidas a un retraso de la cesárea

Actualizado: jueves, 7 octubre 2010 16:02

BARCELONA, 7 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al Institut Català de la Salut (ICS) a pagar una indemnización de 600.000 euros --177.063,11 euros a los padres y 422.936,09 euros al menor-- por las lesiones neurológicas que sufrió un bebé a causa del retraso de la cesárea que se practicó a la madre en diciembre de 2001.

El 25 de diciembre de 2001 la mujer, en ese momento embarazada de 8 meses, ingresó en el Hospital Sant Jaume de Olot por dolor de contracción y sangrado vaginal. En dos ecografías anteriores, se había detectado un retraso en el crecimiento del feto.

La mujer fue trasladada al Hospital Josep Trueta de Girona y, sobre las dos de la mañana del 26 de diciembre, se le realizó una cesárea de urgencia. El bebé estuvo intubado las 20 primeras horas de vida y a los tres días sufrió varias convulsiones que obligaron a mantenerle con ventilación asistida cuatro días más.

Se le diagnosticó una parálisis cerebral "en forma de tretraplejia producida por el sufrimiento fetal". Además, las lesiones no pueden ser consideradas definitivas, ya que algunas secuelas pueden aparecer años después.

La familia asegura que a pesar de que el hospital poseía los datos necesarios, no se completó un estudio del feto --ni en las anteriores ecografías ni una vez ingresada el 25 de diciembre-- y, basándose en un informe realizado posteriormente por un especialista, consideran que se debía haber realizado la cesárea inmediatamente y no esperar hasta las 2 de la mañana.

Por su parte, el ICS asegura que se prestaron a la paciente los servicios médicos "adecuados, propios e idóneos" y que los medios de diagnóstico utilizados fueron "suficientes para indicar la necesidad de una cesárea".

Si la cesárea urgente no pudo ser practicada hasta las 2 de la mañana, fue a consecuencia de que todos los recursos materiales y humanos disponibles en el área de quirófano estaban ocupados. Entienden que no se puede establecer "ninguna relación de causalidad" entre las secuelas del menor y la actuación de los profesionales.

Por el contrario, según la sentencia de la Sala del contencioso-administrativo del TSJC, de todos los informes se puede concluir que las lesiones del bebé fueron consecuencia del retraso que se produjo en el tratamiento de la paciente desde que ingresó en el Hospital de Olot hasta que se le practicó la cesárea, es decir, "del mal funcionamienrto del servicio público".