BARCELONA 30 Ene. (EUROPA PRESS) -
El juzgado de primera instancia número 12 de Barcelona ha condenado a la aseguradora de asistencia sanitaria Mutua Fiatc a pagar 110.000 euros por la muerte de un bebé en diciembre de 2009, debido al retraso erróneo en la práctica de una cesárea que comprometió la viabilidad del recién nacido.
La sentencia, obtenida por el Defensor del Paciente, considera probado que el feto "era viable y no presentaba malformaciones", si bien el doctor que atendió a la gestante no apreció en las pruebas realizadas el crecimiento interno retardado que se estaba produciendo.
La mujer, que tenía contratado un seguro con la Mutua Fiatc desde el año 2006, ya había tenido un primer hijo en 2007 prematuro, que nació a las 37 semanas de gestación mediante una cesárea, a causa de la rotura precoz de membranas y anormalidad del líquido amniótico.
El 9 de diciembre de 2009, a las 38,1 semanas de gestación, la mujer acudió a una nueva vista por presentar fuertes dolores en la evolución de su embarazo, y la ecografía practicada simplemente constató que el feto estaba en posición de nalgas, sin realizar ninguna comprobación complementaria.
Al día siguiente, una nueva ecografía constató que no había crecimiento y el diámetro biparietal era igual al registrado el 19 de noviembre --cuando ya existían evidencias de complicaciones que no fueron detectadas--, a la vez que el líquido amniótico era escaso y denso.
A pesar de ello, el médico la citó para realizar una cesárea al día siguiente, cuando se constató que el bebé estaba muerto, por lo que la sentencia considera que el médico "asumió indebidamente el riesgo de posponer la cesárea".
Asimismo, los demandantes consideran que no fueron informados de los posibles problemas en la evolución del parto, ni de las consecuencias que se derivaban de retrasar la cesárea.