El BOE publica la modificación para garantizar el suministro centralizado de productos contra coronavirus

Trabajadores médicos en un hospital de Seúl en la zona de pruebas de coronavirus
Trabajadores médicos en un hospital de Seúl en la zona de pruebas de coronavirus - -/YNA/dpa
Publicado: miércoles, 11 marzo 2020 10:43


MADRID, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles la modificación de la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública para establecer el suministro centralizado de cualquier producto necesario para garantizar la protección de la salud en el abordaje del coronavirus.

Este cambio, que entrará en vigor este jueves, fue anunciado ayer por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde se aprobó un paquete de medidas para hacer frente al aumento de casos de coronavirus en España. La modificación incluye, por ejemplo, las gafas de protección, que antes no estaban contempladas en la Ley.

De esta forma, cuando un medicamento, un producto sanitario o cualquiera necesario para la protección de la salud se vea afectado por "excepcionales dificultades de abastecimiento", la Administración Sanitaria del Estado podrá establecer su suministro centralizado para garantizar "su mejor distribución".

Igualmente, podrá condicionar su prescripción a grupos de riesgo, realización de pruebas analíticas y diagnósticas, cumplimentación de protocolos, envío a la autoridad sanitaria de información sobre el curso de los tratamientos o a otras particularidades semejantes.

Por otra parte, el BOE de este miércoles también recoge tanto las personas en aislamiento preventivo como los contagiados confirmados por coronavirus se consideren en situación de incapacidad temporal asimilada a una baja laboral por accidente de trabajo. Esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75 por ciento de la base reguladora, con cargo a la Administración.

En ambos casos, la duración de esta prestación excepcional vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta. Tendrán derecho a esta prestación tanto los trabajadores por cuenta propia como ajena que estén dados de alta en la Seguridad Social en la fecha en la que se produzca el aislamiento preventivo o el contagio. La medida entrará en vigor este jueves.