SEVILLA 6 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha anunciado que va a apelar el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Sevilla que ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) al pago de 72.000 euros a la familia de una paciente, ya fallecida, por la falta de información y de obtención de consentimiento informado para una prueba diagnóstica invasiva de cateterismo en el Hospital de Jerez (Cádiz).
En una nota, el SAS ha informado de que sus servicios jurídicos señalan, "en primer lugar, que en la propia sentencia se considera que la actuación médica fue correcta". De otro lado, sostiene que "existen evidencias, tanto por parte de las áreas de Cardiología como de Urgencias del Hospital de Jerez, de que hubo una información previa, adecuada y suficiente para conocer el alcance de la actuación que se iba a practicar a la paciente".
Asimismo, considera el SAS que, se da la circunstancia de que la prueba diagnóstica en cuestión, el cateterismo, "se efectúa con carácter urgente, dentro de las 24 horas siguientes al ingreso, pudiendo considerar esta circunstancia dentro de las que la Ley 41/2002, de Autonomia de la Voluntad del Paciente, exime de la prestación de información escrita".
De hecho, contra este fallo, que estima parcialmente la demanda presentada en nombre de la familia por los servicios jurídicos de 'El Defensor del Paciente', cabe interponer recurso de apelación ante el mismo tribunal para una posterior decisión de la Sala de lo Contencioso administrativo del TSJA.
Para el Defensor del Paciente, pese a que el SAS había desestimado la reclamación patrimonial previa, esta sentencia viene a refrendar el criterio anterior del propio Consejo Consultivo de Andalucía, que había establecido la existencia de "incumplimiento de lex artis" por la ausencia o falta de un documento de consentimiento informado para la práctica del cateterismo, "sin que se pudiera encontrar justificación a tal omisión, por razones de urgencia".