SEVILLA 18 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Asociación Profesionales por la Ética afirmó hoy que "hay una interpretación abusiva de la voluntad del paciente o del representante del paciente" que marca la praxis del médico, tras la petición hecha ayer en la Comisión de Salud del Parlamento andaluz por el presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, Juan José Sánchez Luque, quien reclamó que el proyecto de Ley de Muerte Digna incluya la objeción de conciencia del facultativo a la hora de tratar a un paciente terminal.
En declaraciones a Europa Press, su presidente, Miguel Gómez de Agüero, dijo que el tema de la objeción de conciencia es "una de las grandes lagunas del proyecto de esta ley", y añadió que "básicamente lo que vendría a ocurrir si esto no se incluye es que la voluntad del paciente marcaría lo que es la praxis del médico, y desde el punto de vista de lo que se considera deontológico, el profesional quedaría en un segundo lugar".
Por lo tanto, añadió, "pensamos que hay una interpretación abusiva de la voluntad del paciente o del representante del paciente y que no queda salvada la profesionalidad del médico y su deontología a la hora de actuar".
Además, opinó que "no hacía falta regular nada en este sentido", puesto todos los días se resuelven muchos casos de situaciones terminales con una praxis aceptada y utilizada por la clase médica tanto desde el punto de vista deontológico como desde el punto de vista más técnico".
Asimismo, Gómez de Agüero insistió en que "es una tema importante la posibilidad del médico a acogerse a su objeción de conciencia", y aclaró que "no hay voluntad por parte del legislador de incluirla", puesto que, continuó diciendo, "ya se ha planteado a lo largo de la redacción del proyecto y hasta ahora la respuesta reiterada de la Administración es no querer contemplar esta libertad de conciencia del médico en su actuación".
Por su parte, el coordinador de la Asociación Derecho a Morir Dignamente, César Caballero, dijo que, teniendo en cuenta que "no hay ningún médico que esté en contra de la sedación o del esfuerzo terapéutico, con un consenso del 99 por ciento, no puede aplicarse la objeción de conciencia". Además, apostilló, que "no es un derecho ciudadano el derecho a morir dignamente, pero el derecho a no sufrir es un derecho constitucional".
Asimismo, indicó que "la ley no recoge a todos los enfermos terminales, solo a enfermos terminales y a enfermos agónicos", por lo que, añadió, "aquellos enfermos con graves enfermedades irreversibles no entrarían en la ley". "No es terminal en el sentido estricto y hay que tener cuidado con esto", y reprochó, en este sentido, la actitud de la orden hospitalaria San Juan de Dios en Granada por el tratamiento que se le dispensó a Inmaculada Echeverría.