Andalucía prepara la reforma de su orden de tarifación para suprimir los conciertos de consultas de atención primaria

Archivo - La consejera de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, Catalina García, en una foto de archivo.
Archivo - La consejera de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, Catalina García, en una foto de archivo. - Francisco J. Olmo - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 11 enero 2024 10:55

SEVILLA, 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía trabaja en la modificación de su orden sobre el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud (SAS) con el fin de suprimir en ella la posibilidad de concertar consultas de Atención Primaria.

Así se desprende del texto sometido al trámite de información pública del proyecto de orden de la Consejería de Salud y Consumo por la que se modifica la orden de 23 de febrero de 2023, por la que se actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en centros sanitarios, consultado por Europa Press.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica en su edición de este jueves, 11 de enero, la resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Consumo por la que se acuerda someter a información pública dicho proyecto de orden con objeto de "garantizar su conocimiento y la participación de la ciudadanía en su tramitación, y ello sin perjuicio de los dictámenes, informes y consultas que se considere preciso solicitar durante la tramitación del procedimiento de elaboración del proyecto de orden mencionado".

La referida orden del 23 de febrero del pasado año 2023 que ahora se quiere modificar incluye un anexo con la tarifación de los convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud con entidades, tanto públicas como privadas, para la prestación de la asistencia sanitaria en centros sanitarios, y en él se incluyó un cuadro relativo a consultas médicas de atención primaria que con la modificación en la que ahora trabaja la Consejería que dirige Catalina García se quiere suprimir.

Así, la orden del 23 de febrero pasado cifra en 65 euros la tarifa máxima para consultas médicas de atención primaria que se realicen "en las instalaciones de las empresas adjudicatarias", y precisa que, "caso de no realizarse la prestación del servicio en dichas instalaciones", dicha tarifa máxima se vería "reducida al 35%".

Además, dicho cuadro de consultas fijaba tarifas máximas de 150 euros para primeras consultas, de 90 euros para "consultas sucesivas" y de 215 euros para consultas de "alta resolución".

UNA MODIFICACIÓN ACORDADA CON SINDICATOS EN MAYO DE 2023

Sin embargo, tres meses después de la aprobación de esta orden, en mayo de 2023, el Servicio Andaluz de Salud alcanzó y ratificó en Mesa Sectorial el denominado 'Pacto por la Atención Primaria' con las organizaciones sindicales Satse, CCOO, UGT y CSIF que contemplaba, entre otras medidas, "modificar la referencia a la Atención Primaria" en dicho documento, según informó en su momento el Gobierno andaluz.

En esa línea se encamina el proyecto de orden que la Consejería de Salud y Consumo somete a información pública, que recoge así en su artículo único la supresión del "cuadro final, relativo a consultas, del anexo de la Orden de 23 de febrero de 2023", y plantea añadir otro cuadro "relativo a consultas médicas de especialidades" con el que se fija una tarifa máxima de 250 euros para concertar un "acto único asistencial".

El departamento que dirige Catalina García aclara al respecto que ese concepto de "acto único asistencial" sustituye al de "consulta de Alta Resolución", para "dar una respuesta rápida e integral, considerada como procedimiento médico realizado en una sola sesión y que incluye tanto el diagnóstico como las exploraciones y la propuesta terapéutica".

Así, ese "tipo de procedimiento en atención especializada" se prevé que "se resuelva en un solo acto asistencial", continúa explicando el proyecto de orden de la Consejería, que indica también que "la consulta en régimen de acto único es una forma de atención médica que permite que el paciente sea visto por un especialista, se le realicen las pruebas diagnósticas necesarias, y se le proporcione un tratamiento o una propuesta terapéutica, todo en la misma sesión".

"SUPRIMIR LA POSIBILIDAD DE CONCERTAR LA ATENCIÓN PRIMARIA"

Respecto a la supresión del cuadro de tarifas dedicado a consultas de atención primaria, desde la Consejería lo justifican apoyándose en la "finalización oficial de la pandemia Covid-19 decretada por la Organización Mundial de la Salud con fecha 5 de mayo de 2023", a partir de la cual "se considera la oportunidad de suprimir la posibilidad de concertar la atención primaria".

El proyecto de orden también justifica la eliminación del concepto de "consulta médica de Atención Primaria" en el cuadro de tarifas "por estar referido a la concertación de la asistencia sanitaria de atención primaria que se prestará, en todo caso, con medios propios del Servicio Andaluz de Salud", y se explica que "los conceptos de 'primera consulta' y 'consultas sucesivas' referidas a Atención Hospitalaria se eliminan por no considerarse objeto de concertación".

Por otro lado, el proyecto de orden en el que trabaja la Consejería de Salud para modificar la de febrero de 2023 contempla también la supresión de su disposición adicional segunda, que establece que, "de conformidad con lo dispuesto en el artículo 312. f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la prestación de los servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la ciudadanía se efectuará en dependencias o instalaciones diferenciadas de las de la propia Administración contratante y, si ello no fuera posible, se harán constar las razones objetivas que lo motivan. Para ello, la Consejería con competencias en materia de salud determinará las tarifas para la realización de procedimientos en instalaciones propias de la Administración".

Desde la Consejería justifican la supresión de esta disposición adicional "por considerarse innecesaria y resultar la previsión legal de carácter básico de aplicación directa".

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