Andalucía.- Condenan al SAS a pagar 850.000 euros por dañar a un bebé en un parto hace 30 años

Actualizado: viernes, 1 octubre 2010 13:24

MÁLAGA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

Una juez ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar una familia del municipio malagueño de Antequera mediante el pago de 850.000 euros por causar daños cerebrales irreversibles a su hijo durante el parto, ocurrido hace casi 30 años.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Sevilla resuelve que si se hubiera practicado a la madre la cesárea se hubiera evitado el sufrimiento neurológico del feto, que venía de nalgas. Hoy sufre una minusvalía del 91 por ciento, según publica el diario SUR.

La resolución judicial rechaza que la reclamación haya prescrito, como alegó el SAS durante el juicio, ya que asegura que la minusvalía derivada del sufrimiento fetal ocasionado en el parto ha ido evolucionando, agravándose con el tiempo.

La familia, que vive en Antequera, acudió al Hospital San Juan de Dios de esta ciudad el 3 de marzo de 1981 al ponerse la madre de parto. La mujer quedó ingresada y el parto, a pesar de que el feto venía de nalgas, se produjo por vía vaginal. En el informe hospitalario se reflejó "vacuo muy laborioso. Sufrimiento fetal". Al bebé le faltó oxígeno, de hecho le fue diagnosticado anoxia cerebral, indica el diario.

Las secuelas neurológicas fueron apareciendo en el bebé de forma paulatina y después de visitar los padres a muchos especialistas llegaron a la conclusión de que el niño no mejoraría sino todo lo contrario.

La familia presentó entonces una denuncia contra el ginecólogo que atendió a la mujer, pero éste falleció en el transcurso del procedimiento penal. Tras ello presentaron una reclamación al SAS, para que éste que reconociera su responsabilidad en una atención sanitaria negligente. Los afectados no obtuvieron respuesta de la Administración hasta el año 2002, cuando contestó negando tener responsabilidad alguna.

Entonces, se inició un proceso judicial que ha concluido ahora con la sentencia condenatoria al SAS, que no obstante puede ser recurrida.

La sentencia recoge que la asfixia neonatal del niño le originó alteraciones de desarrollo y de la conducta desde los seis meses de edad, "por lo que está acreditada la causalidad entre el funcionamiento del servicio de la Administración Sanitaria y el daño sufrido". Así, establece una indemnización de 600.000 euros, más intereses legales, por lo que al final el SAS deberá abonar unos 850.000 euros.