CCOO dice que velará por el veredicto que declara ilegal la obligación de llevar falda en clínicas Pascual

Actualizado: viernes, 27 mayo 2011 17:11

SEVILLA, 27 May. (EUROPA PRESS) -

El secretario general de CCOO de Andalucía, Francisco Carbonero, y su homólogo en la Federación de Sanidad, Humberto Muñoz, han asegurado este viernes que velará por el cumplimiento de la sentencia del Supremo que declara ilegal la obligación de que las enfermeras de las clínicas Pascual lleven falda, toda vez que han hecho un llamamiento a la Consejería de Salud "para que no permita que empresas que gestionan la sanidad con dinero público puedan llevar a cabo acciones discriminatorias como esta".

En un comunicado, Carbonero ha calificado de "gran noticia" la sentencia del Supremo, que da así la razón a CCOO en el conflicto de Clínicas Pascual y repara "una discriminación" por razón de género "que parece más de otra época que del siglo XXI, ya que determina que la obligación de las enfermeras de consultas y planta de llevar falda, delantal y cofia, frente a los pijamas sanitarios que usa el personal que trabaja en quirófano, es anticonstitucional".

El caso, que ha sido llevado desde el principio por el Servicio de Defensa Legal de la secretaría de la Mujer de CCOO de Andalucía, ha dado así la razón a este sindicato después de varios años de conflicto, permitiendo ahora que las trabajadoras afectadas "puedan desempeñar la actividad con la misma ropa de trabajo asignada para los hombres".

El fallo señala que la obligación que había impuesto la empresa "es contraria al principio de no discriminación por razón de sexo que recoge la Constitución, además de ser una práctica discriminatoria y una actitud empresarial que no resulta objetivamente justificada".

Además, la sentencia del Alto Tribunal anula el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que desestimó en 2009 el conflicto colectivo interpuesto por la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Andalucía contra la dirección de Clínicas Pascual.

"Desde CCOO valoramos la corrección de consideraciones trasnochadas que siguen aplicando en ocasiones algunos de nuestros tribunales", ha añadido el sindicato.

"Ahora seremos exigentes con su cumplimiento y, si no se cumple, instaremos a la Consejería de Salud a buscar alternativas para ello", ha proseguido Carbonero, para quien "no es de recibo que una empresa que se gestiona también con dinero público pueda seguir imponiendo prácticas de personal discriminatorias en materia de género".

Asimismo, el líder sindical ha pedido a la Consejería que trabaje con empresas "serias y coherentes con el siglo XXI y no permita que se lleven a cabo políticas sexistas como estaba sucediendo en Clínicas Pascual".

Por su parte, el secretario general de la Federación de Sanidad, Humberto Muñoz, se ha mostrado muy satisfecho "porque la libertad de empresa y el poder de dirección y control de la actividad laboral no pueden ir en contra de los derechos constitucionales de los trabajadores y trabajadoras".

La sentencia del Supremo también recoge la sanción de 6.000 euros que la Inspección de Trabajo de Cádiz impuso a Clínicas Pascual en 2008, al considerar que la entidad vulneraba la Ley de Igualdad al impedir a sus trabajadoras que decidieran el tipo de ropa que llevaban en el desarrollo de sus funciones.

De hecho, la entidad retiró un complemento de productividad a quienes utilizaban un uniforme compuesto por camisa y pantalón en la Clínica San Rafael de Cádiz, uno de los centros de la compañía.