6.215 médicos han solicitado acreditación para trabajar en otros países en los últimos 5 años, según la OMC

Consulta Oftalmológica
CAI
Actualizado: martes, 4 diciembre 2012 20:20

MADRID, 4 Dic. (EUROPA PRESS) -

Un total de 6.215 médicos han solicitado en los últimos cinco años el certificado de idoneidad para poder trabajar en otros países, una cifra que se ha triplicado este año respecto a los que lo hicieron en 2008, según datos de la Organización Médica Colegial (OMC).

Estos datos, recogidos por Europa Press, revelan que hace cinco años pidieron esta acreditación necesaria para trabajar fuera de España un total de 675 médicos. La cifra ascendió a 746 en 2009 y se disparó hasta los 1.240 un año más tarde. En 2011 ya eran 1.437 los que la solicitaron y en lo que va de año, hasta el 15 de noviembre, lo han hecho ya 2.119: la mitad de ellos (1.016) para Reino Unido, 140 para Alemania; 117 para Portugal; 49 para Suecia; 25 para Noruega y 24 para Austria.

Sin embargo, no se sabe cuántos de ellos son Médicos Internos Residentes (MIR) ya que hasta ahora la OMC no desglosaba los registros de peticiones por especialidades o categorías. Lo hará a partir de 2013.

La secretaria de Política Social del PSOE, Trinidad Jiménez, había señalado este martes que hasta 10.000 jóvenes MIR había pedido la acreditación de salida. Sin embargo, en los registros oficiales de las entidades que pueden expender estos certificados, esto es, los colegios y la propia OMC, figuran las citadas 6.215 solicitudes, entre las que se cuentan no sólo las de MIR sino también las de médicos que van a trabajar en otros países, a realizar estancias laborales en hospitales, a colaborar o al participar en intercambios de experiencia.

La OMC, como autoridad competente profesional, reconocida en el ámbito europeo e internacional, emite el certificado de idoneidad, documento necesario para cualquier médico que quiera salir fuera de España que acredita competencia, título, especialidad y que el médico solicitante no tiene abierto expediente disciplinario que le incapacite para desarrollar tareas relacionadas con su profesión. Este documento es necesario para ir a trabajar a otro país, para estancias de intercambio en centros hospitalarios, trabajos de investigación y para tareas relacionadas con la cooperación internacional.