MADRID, 7 May. (EUROPA PRESS) -
La Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente (AFDMD) ha solicitado a todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados que apoyen la toma en consideración de la moción del Parlament de Cataluña de despenalización de la eutanasia.
Esta propuesta, aprobada el pasado julio en el parlamento catalán a propuesta de CSQP y con los apoyos de PSC, ERC, PDeCat y CUP, se va a debatir en el pleno de la Cámara Baja este martes. La misma propone modificar el artículo 143.4 del Código Penal, que castiga explícitamente la eutanasia y la asistencia al suicidio, para dejar estas prácticas exentas de pena si se ajustan a unos requisitos.
De aprobarse la toma en consideración de esta moción, será la primera vez que una comisión del Congreso de los Diputados debate sobre la regulación y despenalización de la eutanasia. "Es un debate que no debe postergarse más porque ya está superado por buena parte de la sociedad española, que hace tiempo que aprueba abrumadoramente que se despenalice la muerte asistida", ha zanjado la organización.
En concreto, el texto consta de un artículo único en el que se propone modificar el apartado 4 del artículo 143 del Código Penal para que queden exentos de responsabilidades los que "de manera indirecta o cooperando ayuden a morir de manera segura, pacífica y sin dolor" a una persona que lo pida de forma "expresa, libre e inequívoca".
Además, se indica que, el paciente deberá sufrir "una enfermedad terminal" o una "patología incurable" que le provoque un "sufrimiento físico o psíquico grave que se prevea permanente".
Con esta nueva redacción, se modificaría el texto actual del Código Penal en el que se recoge que, quien induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años, mientras que aquel que coopere con esta actividad también será castigado con la prisión. En este caso, con penas de hasta diez años, en el caso de que se ejecute la muerte.
El Código Penal también recoge la posibilidad de que la eutanasia se aplique "por la petición expresa, seria e inequívoca" del paciente y que éste sufra "una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar". En este caso, quien le ayudara a morir sería castigado "con la pena inferior en uno o dos grados" a las señaladas anteriormente.