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MADRID, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -
El asesor jurídico de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI), José Antonio Bosch, ha advertido de que el proyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución española propuesto por el Gobierno para blindar el derecho al aborto podría reducir la protección que las mujeres ya tienen actualmente.
"La modificación propuesta por el Gobierno no va a mejorar la protección del derecho al aborto", ha afirmado Bosch en declaraciones a Europa Press, tras la aprobación este martes en segunda vuelta por el Consejo de Ministros del proyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución.
El experto ha recordado que, en ha señalado que la decisión de una mujer de interrumpir su embarazo está amparada por el artículo 10.1 de la Constitución -que reconoce la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad-, así como por el artículo 15, que garantiza el derecho fundamental a la integridad física y moral.
"El Tribunal Constitucional considera que, con la normativa que hay en la actualidad, el derecho al aborto está incluido o amparado por el artículo 10.1 y el artículo 15. Por lo que tiene garantía constitucional de máxima protección al estar entre los derechos fundamentales", ha detallado.
En este contexto, Bosch ha subrayado que los pronunciamientos del Tribunal Constitucional sobre el aborto se basan en artículos de la Sección Primera del Capítulo Segundo del Título I de la Constitución Española (artículos 15 a 29). Sin embargo, advierte que la reforma propuesta por el Gobierno modificaría el artículo 43, que se encuentra en la Sección Segunda.
"Esto va a cambiar la interpretación del Tribunal Constitucional, porque ya no podrá considerar que está incluido en la Sección Primera, con protección fundamental y acceso al registro de garantías, sino que pasará a estar en la Sección Segunda, por lo que perderá protección", ha explicado Bosch.
Así, el asesor jurídico de ACAI ha recalcado que, con esta modificación, el derecho al aborto podría perder el amparo del Tribunal Constitucional. En este sentido, ha señalado que modificar la Sección Primera de la Constitución requeriría una mayoría de dos tercios en cada cámara y la disolución inmediata de las Cortes, mientras que la reforma propuesta por el Gobierno podría aprobarse con una mayoría de tres quintos en ambas cámaras.
El proyecto del Gobierno incorpora las mejoras realizadas por el Consejo de Estado y añade un apartado 4 al artículo 43 de la Constitución con el siguiente tenor literal: "Los poderes públicos garantizarán el ejercicio del derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de igualdad real y efectiva con cuantas prestaciones y servicios sean necesarios para dicho ejercicio".
A partir de este momento, la reforma impulsada por el Gobierno seguirá los cauces establecidos, conforme al procedimiento previsto en el artículo 167 de la Constitución, y requerirá la aprobación por mayoría de tres quintos tanto en el Congreso como en el Senado. En caso de descuerdo, sería necesaria la creación de una Comisión Mixta Congreso-Senado que propondría un nuevo texto, que se sometería de nuevo a votación. De no lograrse, el texto podría aprobarse, por mayoría de dos tercios de los votos en el Congreso y mayoría absoluta en el Senado.