Defiende, a diferencia de lo que opina la Junta, que el registro es válido a cualquier profesional, con independencia de su intervención
SEVILLA, 20 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos replicó este martes tanto a la Consejería de Salud de la comunidad como al Ministerio de Igualdad como la creación del registro autonómico de objetores de conciencia "no es una amenaza respecto a otros derechos legalmente reconocidos", toda vez que conminó a estas dos administraciones a que entiendan el mismo dentro del marco de la "pluralidad" de la sociedad española.
De esta forma, el órgano colegiado andaluz rechazó, a través de una misiva remitida a Europa Press, que la creación de este registro responda a una suerte "de lucha entre derechos de ciudadanos --el usuario de la sanidad y el médico-- por determinar cual de ellos deberá tener preferencia sobre el otro".
Por ello, pidió que "desde el respeto absoluto hacia los derechos que a favor de las mujeres recoge la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo", se haga también una defensa "rotunda" hacia el respeto "que esa misma ley reconoce respecto al derecho de objetar de los profesionales".
Al hilo de ello, recordó la "obligación" de los poderes públicos por "arbitrar una fórmula por la cual se consiga el respeto y compatibilización de los derecho de todos los ciudadanos".
Como quiera que sea, el Consejo Andaluz de Médicos quiso dejar claro en todo momento que los registros de objeción de conciencia que desde los colegios profesionales se están creando, "como entidades representativas de la profesión médica", constituyen un elemento "esencial" de cumplimiento de los fines estatutarios de dichas corporaciones profesionales, así como un "reflejo claro de la pluralidad que hoy en día conforman nuestra sociedad".
De esta forma, pidió que estos registros se entiendan como "una herramienta decisiva en la gestión de esa pluralidad, a la que viene obligada también nuestra administración pública", enfatizó.
Agregó que la validez jurídica de estos registros "descansan en la garantía del ejercicio de la libertad de los profesionales en cuanto al desarrollo de su trabajo y preservando los requisitos jurisprudenciales de la objeción de conciencia, esto es, que sea previa y concreta".
VÁLIDOS PARA CUALQUIER SANITARIO
Además, y a diferencia de lo que la propia Consejería de Salud defendió ayer lunes, este ente colegiado prosiguió en su escrito remitido a Europa Press que el registro de objeción es válido "a cualquier profesional que considere que necesita efectuar dicha declaración y con independencia de su grado de intervención en los procesos", en referencia a la polémica suscitada entre la administración y el colegio, a propósito de si los médicos de atención primaria pueden o no acogerse al derecho de objeción al no estar directamente implicados en la IVE.
De otro lado, aclaró que el ámbito autonómico del registro preservará la cobertura territorial, toda vez que evitará "posibles riesgos de arbitrariedad en la admisión de la cláusula de conciencia".
Así, y a modo de resumen, el Consejo Andaluz de Médicos argumentó que "las declaraciones que están realizando muchos profesionales ante su colegio profesional, respecto a su condición de objetor, no debe ser tomada como una amenaza sobre otros derechos legalmente reconocidos, sino como expresión de una realidad que deberá ser tenida en cuenta para poder gestionar la cartera de servicios que hoy en día ofrece el sistema sanitario de salud y como el ejercicio de un derecho legalmente establecido y merecedor del máximo respeto".
Más aún, concluye este órgano colegiado, "cuando existe de facto una objeción generalizada a la práctica de las interrupciones voluntarias del embarazo, al estar casi en su totalidad concertadas con el sector sanitario privado".