Las 6 indicaciones de los legrados: qué son y cuándo son necesarios

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Publicado: lunes, 26 septiembre 2022 8:31

    MADRID, 26 Sep. (EDIZIONES) -

   El legrado es un procedimiento quirúrgico que consiste en el vaciamiento de la cavidad uterina mediante su raspado. Hoy en día es un procedimiento frecuente en la práctica clínica y se utiliza tanto en Ginecología como en Obstetricia.

   La doctora Emilia Ferrer Civeira es médico adjunto de Ginecología y Obstetricia del Hospital Universitario de Torrejón (Madrid) y nos aporta esta breve guía sobre los mismos para conocer en qué consisten, cuáles son sus principales indicaciones y sus posibles complicaciones.

   Así, en una entrevista con Infosalus detalla que su uso más habitual, y más conocido, es como tratamiento de los abortos espontáneos; si bien precisa que, actualmente, el tratamiento de primera elección para las interrupciones voluntarias del embarazo es el tratamiento médico.

   En este sentido, precisa que el legrado será el procedimiento a utilizar en algunos tipos de abortos espontáneos, por ejemplo, cuando hay restos tras un aborto o un parto, o como segunda opción cuando fracasa el tratamiento médico. También dice la doctora Ferrer que es uno de los métodos indicados para la interrupción voluntaria de la gestación, especialmente en periodos muy precoces.

   "En Ginecología se trata de un procedimiento en desuso debido a los avances en otras pruebas diagnósticas, por lo que se realiza solo de forma puntual. Durante años se utilizó para el diagnóstico de las metrorragias (sangrados abundantes/anormales), sobre todo en edades avanzadas y en la perimenopausia, o para aquellas hemorragias que no se podían controlar con tratamiento médico o cuando éste estaba contraindicado", agrega la especialista.

EN QUÉ SITUACIONES SON NECESARIOS

   Con ello, la médico adjunto de Ginecología y Obstetricia del Hospital Universitario de Torrejón señala que el legrado está indicado en las siguientes circunstancias:

   - Decisión propia de la paciente entre las alternativas válidas o ausencia de las condiciones sociosanitarias óptimas para poder realizar un tratamiento médico del aborto.

   - Contraindicación para tratamiento médico: tamaño del embrión, comorbilidades maternas (enfermedades asociadas en la paciente o alteraciones analíticas).

   - Sangrado activo abundante que no se controle con otros tratamientos (en un aborto o en un parto).

   - Fracaso de tratamiento médico.

   - Restos tras aborto / parto.

   - Hemorragia ginecológica que no admita o responda a otro tratamiento.

   Aquí recuerda esta ginecóloga que, como en todo procedimiento quirúrgico, el uso de la anestesia resulta preceptivo: "Se trata así de un procedimiento de corta duración en el que el anestesista decide entre anestesia general o locorregional (raquídea / epidural)".

   Por otro lado, la doctora recuerda que la tasa de complicaciones es baja y, no en vano, se trata de un procedimiento bien tolerado por las pacientes. "Sangrado, dolor y/o infección serían las complicaciones más habituales. La más grave, pero poco frecuente, sería la perforación uterina. Hoy por hoy, sin embargo, se utilizan elementos romos y control ecográfico, por lo que el riesgo de perforación ha disminuido considerablemente", apunta esta experta.

   Otras complicaciones, en su opinión menos conocidas pero importantes, pueden ser las sinequías (adherencias / cicatrices) que se generan tras el raspado de la cavidad uterina y que pueden constituir causa de infertilidad. "Es uno de los motivos por los que se da preferencia al tratamiento médico sobre el legrado", indica la especialista del Hospital Universitario de Torrejón.

CUIDADOS LOS DÍAS SIGUIENTES

   Las recomendaciones, además de la analgesia a demanda, según detalla esta especialista, incluyen evitar los baños de inmersión, las relaciones sexuales y el uso de tampones. "Se trata con ello de evitar el riesgo de infección, ya que para realizar el legrado es preciso dilatar el cuello del útero y esto puede facilitar que cualquier microorganismo penetre en la cavidad uterina y la infecte", remarca.

   Igualmente, subraya que se suelen prescribir dichas precauciones durante las dos semanas posteriores al procedimiento, o hasta el cese de sangrado y, en caso de ser necesario tras el parto, se deberán seguir las recomendaciones dadas en el puerperio.

A TENER EN CUENTA

   En última instancia, la doctora Ferrer resalta que en el caso de los legrados siempre hay que considerarlos como un procedimiento quirúrgico alternativo a otros tratamientos, y no exento de riesgos. "Requiere una preparación previa con un fármaco que ayuda a la dilatación del cuello del útero y facilita el procedimiento, si bien puede provocar dolor tipo contracciones y/o sangrado", agrega.

   A su vez, resalta que siempre se debe tener en cuenta que los tratamientos médicos han de ser individualizados y que el médico se encargará de informar y de proponer el mejor tratamiento para cada paciente.

   "Al valorar la pertinencia de un legrado, también hay que tener en cuenta que los tratamientos médicos del aborto suelen llevarse a cabo en el domicilio y, por tanto, exigen el cumplimiento de una serie de requisitos. Resulta así fundamental una valoración global de cada caso, no solo clínico, sino también de las condiciones personales (vivienda, acompañamiento, etc.) de cada paciente", sentencia la doctora Emilia Ferrer.