Sanidad muestra predisposición a modificar el RD que regula el periodo de Formación Sanitaria Especializada, según CESM

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Archivo - Especialistas y paciente en UCI - RIBERA - Archivo
Publicado: jueves, 18 noviembre 2021 15:33

MADRID 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Sanidad podría estar predispuesto para modificar el RD 1146/2006, que regula el periodo de Formación Sanitaria Especializada,, según ha explicado la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), quien ha participado este jueves en la reunión del grupo de trabajo de mejora de las condiciones laborales de los profesionales sanitarios de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.

La responsable de Finanzas, María José Campillo, ha participado en un encuentro que, señalan, ha resultado una primera toma de contacto para abordar los temas más urgentes que afectan a los profesionales del Sistema Nacional de Salud. CESM ha expuesto, junto al sindicato de enfermería, Satse como miembros de FSES, la situación de los profesionales de un SNS.

Tras recordar que el Ámbito de Negociación no puede suplir a las comunidades autónomas en la negociación de las condiciones de trabajo de su personal estatutario y la importancia de que lo que se aborde en estas reuniones tenga repercusión en la realidad cotidiana de los profesionales, CESM ha enumerado sus propuestas específicas tanto para Atención Primaria como para Hospitalaria y el resto de asistencia sanitaria, así como un apartado específico dedicado a la Formación Sanitaria Especializada (FSE).

En este sentido, los responsables ministeriales han admitido a CESM la necesidad de asegurar la calidad formativa durante la FSE, mostrando su disposición para hacer las modificaciones necesarias en el Real Decreto 1146/2006 que regula el periodo de residencia de los médicos del SNS, como ha solicitado Campillo.

Respecto a las propuestas de subidas salariales de mínimos expuestas por Campillo, Sanidad ha explicado que necesitan hacer un estudio previo para recopilar la información de cuáles son las cantidades que se perciben en cada territorio, puesto que actualmente existen importantes diferencias.

Por otro lado, en la reunión se ha admitido que se producirán modificaciones en el Estatuto Marco en los artículos 9, 33 y disposición adicional 17, aquellos que afectan a la temporalidad, para lograr encajar los acuerdos alcanzados para intentar reducirla. Sanidad se ha puesto de fecha límite para conseguirlo el verano de 2022.

Por último, los responsables sindicales han retomado una de las reivindicaciones que CESM lleva reclamando desde el inicio de la pandemia, que es la necesidad de reconocer el contagio de COVID como enfermedad profesional para los profesionales sanitarios.

CESM ha planteado entre sus propuestas generales realizar los estudios necesarios de las condiciones de trabajo en el SNS; identificar aquellos aspectos que influyen más en las condiciones de trabajo (jornada laboral, descansos, salud laboral, conciliación, retribuciones, la edad, los años de servicios prestados, etc.); realizar un censo de las "mejores condiciones de trabajo" en los Servicios de Salud.

Además, de contemplar la posibilidad de un itinerario laboral en el que se disminuya la carga asistencial en función de distintos factores como los años de servicios prestados o las características del puesto de trabajo.

En cuanto a la formación sanitaria especializada, piden acilitar la asistencia a cursos y a otras actividades formativas e investigadoras con 15 días anuales dedicados a la formación dentro de la jornada anual; asegurar que los jóvenes especialistas no sean la mano de obra barata del sistema para suplir las carencias de adjuntos del mismo; tener una ratio óptima de adjuntos -residentes para que se pueda ofertar una formación de calidad, siendo la más optima el 1-1.

Además, la exigencia de unas condiciones laborales dignas (adecuación de lugares de descanso, tiempo determinado para solape de jornadas, tiempo de comida/cena según turno, facilitar la dieta si hay guardia y estricto cumplimiento de las normas de Prevención de Riesgos Laborales; asegurar el derecho a los tiempos de descanso que marca la ley; resulta clave combatir los incumplimientos en este campo, ya que los descansos de las guardias tienen que ser respetados; y articular un incremento de al menos 500 euros mensuales en el salario MIR en aquellos conceptos que dependen del ministerio y un aumento proporcional en el caso de los EIR.

En el caso de las especialistas en formación embarazadas, el RD 1146/2006 no debe de recoger que realicen jornadas de 12 horas, sino un máximo de 8 horas y estar exentas de atención continuada/guardias con una readaptación del puesto de trabajo. Además, recuerdan que los residentes son los únicos trabajadores públicos que aún no cobran los trienios, a pesar de que Europa ha dejado claro que no debe haber distinciones y deberían tener derecho a percibirlos.

El desempeño de la labor de tutor debe ser una actividad incentivada, tanto en el terreno administrativo (carrera profesional, bolsas de trabajo, etc.) como en el económico. Es necesario articular un complemento de docencia para retribuir esta actividad que sea de al menos 300 euros mensuales brutos para el médico y el proporcional correspondiente para enfermeros.

En Atención Primaria, un Ley de tiempos máximos de demora en el primer nivel asistencial estableciendo los mecanismos que permitan eliminar esa demora. Exención voluntaria de guardias y módulos para médicos y enfermeras/os mayores de 55 años en Primaria y Urgencias extrahospitalarias. Plantillas perfectamente dimensionadas que permitan asumir las incidencias tanto en Primaria como en las Urgencias extrahospitalarias, teniendo en cuenta que los residentes no son plantilla. Y, finalmente, incremento salarial de al menos 300 euros mensuales en los conceptos dependientes del ministerio para médicos y el proporcional para el personal de enfermería.

En atención Hospitalaria, un incremento salarial de al menos 300 euros mensuales en los conceptos dependientes del ministerio para médicos y proporcional para el personal de enfermería; lograr que las guardias localizadas sean reconocidas como tiempo de trabajo, como así señalan las últimas sentencias de la UE; y reconocimiento del tiempo de continuidad asistencial entre turnos.

Además, de articular el mecanismo que permita que el precio de la hora de atención continuada sea, como mínimo, el de la hora ordinaria, ya que al computar la jornada ambas son 'habituales', a pesar de que a la atención continuada se la llame 'jornada complementaria'; y asegurar plantillas perfectamente dimensionadas que permitan asumir incidencias, recordando que los residentes no son parte de la plantilla.

Y en líneas generales, unificar la jornada de 35 horas: es inconcebible que haya comunidades donde no se pueda implantar como consecuencia de un déficit que no depende de los empleados públicos; instaurar el acceso en todas las comunidades a la carrera profesional, de iguales características y retribuciones; permitir la jubilación anticipada flexible y voluntaria en profesionales sanitarios sin penalizaciones; y recuperar las pagas extra y los trienios sin recortes.