MADRID, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Defensor del Pueblo ha criticado que el 2021 haya concluido sin aprobarse e iniciarse la tramitación parlamentario del proyecto destinado a solventar las dificultades de acceso de determinados grupos de personas a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos, principalmente extranjeros residentes legales por reagrupación familiar o en situación de estancia temporal, pero con circunstancias de grave vulnerabilidad social.
Al respecto, destaca que el Ministerio de Sanidad ha efectuado un trámite de consulta pública, describiendo las características del anteproyecto en el que está trabajando mientras que se ha continuado pidiendo información sobre los progresos realizados.
Entre los propósitos de la reforma normativa, que contempla la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia en el anteproyecto de ley de medidas para la equidad, universalidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud, se situaría el garantizar la homogeneidad en la efectividad del derecho a la protección a la salud y ampliar los derechos de población actualmente no incluida.
"Concretamente se cita la intención de reconocer el derecho a asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos al colectivo formado por los ascendientes de nacionalidad extracomunitaria reagrupados por sus hijos con nacionalidad española y que, hasta ahora, se ven obligados a contratar un seguro de enfermedad, público o privado, para obtener el permiso de residencia en España", explica el Defensor del Pueblo en el Informe Anual del Defensor del Pueblo de 2021.
En caso de salir adelante la propuesta, esto evitaría la necesidad a personas extranjeras de suscribir un convenio especial de prestación de asistencia sanitaria, que para la comunidad migrante de 65 o más años tiene un coste anual de 1.884 euros y no cubre la prestación farmacéutica ambulatoria.
Además, El Defensor del Pueblo afirma que ha iniciado un número creciente de actuaciones ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para esclarecer las circunstancias por las que no se reconoce este derecho a algunas personas extranjeras y también señala que se están tramitando otras quejas ante la misma entidad gestora por las dificultades para solicitar el reconocimiento que encuentran algunas personas españolas, quienes, por su situación
de no afiliación al sistema de Seguridad Social o por su condición de beneficiarios de otros titulares no registrada adecuadamente, se ven en la obligación de tramitar una solicitud, con las dificultades además de acceso a los servicios de la Seguridad Social.
"Hay que recordar que, mientras el INSS no dicta resolución de reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos, la atención sanitaria que se presta a los solicitantes puede ser objeto de facturación por parte de los centros hospitalarios que les atienden, como está previsto en el artículo 16 de la Ley General de Sanidad", expone El Defensor del Pueblo.
Por último, concluye que, tras la reforma legislativa de 2018, además, no quedan cubiertas algunas situaciones de más vulnerabilidad, incluidas la asistencia prestada a menores de edad,
mujeres embarazadas o la atención prestada de urgencia. "Sin perjuicio de que se produzca a la mayor brevedad la revisión normativa ya apuntada, las resoluciones en las que el INSS reconoce el derecho a la asistencia sanitaria habrían de cursar efecto, en
todo caso, desde la presentación de la solicitud", apostilla.