Farmacéuticos comunitarios presentan su propuesta sobre atención farmacéutica domiciliaria

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Publicado: viernes, 25 mayo 2018 14:52

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La Sociedad Española de Farmacia Familiar y Comunitaria (Sefac) ha presentado, en el marco del VIII Congreso Nacional de Farmacéuticos Comunitarios, su propuesta sobre el papel del farmacéutico comunitario en la atención a los pacientes residentes en sus domicilios, la llamada atención farmacéutica domiciliaria, que pretende establecer las bases de esta práctica, impulsar el desarrollo profesional del farmacéutico comunitario en el ámbito domiciliario y contribuir a la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.

La Atención farmacéutica Domiciliaria (AFD) es la prestación de Servicios Profesionales Farmacéuticos Asistenciales (SPFA) en el domicilio a aquellos pacientes que por su condición sanitaria no pueden acudir a la farmacia comunitaria para recibirlos. Estos SPFA se prestarán desde la farmacia comunitaria en el ámbito de un programa de atención domiciliaria favoreciendo así la continuidad asistencial.

Según se establece en la propuesta, el objetivo fundamental que ha de regir la atención farmacéutica domiciliaria es el de prevenir la enfermedad y mejorar el estado de salud y la calidad de vida de los pacientes que residen en su domicilio y tienen dificultades (físicas, cognitivas, dependencia o de otra índole) para desplazarse a las farmacias comunitarias a través de la prestación de los SPFA que requieren.

Según se establece en la propuesta, el objetivo fundamental que ha de regir la atención farmacéutica domiciliaria es el de prevenir la enfermedad y mejorar el estado de salud y la calidad de vida de los pacientes que residen en su domicilio y tienen dificultades (físicas, cognitivas, dependencia o de otra índole) para desplazarse a las farmacias comunitarias a través de la prestación de los SPFA que requieren.

Además, permitiría s"atisfacer las necesidades farmacoterapéuticas del paciente a través de la mejora de la adherencia al tratamiento farmacológico, así como la prevención, detección y resolución de problemas y resultados negativos asociados a medicación". La AFD "persigue también disminuir el número de ingresos y reingresos hospitalarios y fomentar la prestación de los cuidados paliativos en los casos que se precisen".

¿A QUÉ PERSONAS IRÍA DIRIGIDA LA AFD?

La AFD propuesta por Sefac iría dirigida a personas que, por imposibilidad manifiesta o dificultades notarias de moverse de su domicilio, no pueden ver resueltas en su hogar las necesidades farmacoterapéuticas a través de el/los SPFA que normalmente y en condiciones normales recibirían en farmacia comunitaria.

También algunos servicios se dirigirían a los cuidadores, con el objetivo de proporcionarles la capacitación y apoyo que les permita
colaborar en la atención farmacéutica del paciente. La decisión de incluir o no a un paciente en un programa de AFD debería regirse por criterios sociales y sanitarios establecidos por la entidad proveedora de la prestación y consensuarse con los profesionales sanitarios, teniendo en cuenta la funcionalidad del paciente y su nivel de autonomía y dependencia, así como la disponibilidad y capacidad del cuidador.

En función de las necesidades farmacoterapéuticas, SEFAC propone una serie de servicios que deberían ser prestados con una periodicidad como mínimo mensual, aunque en algunos casos se recomienda periodicidad semanal o quincenal. La prestación de estos servicios no debería incluir en ningún caso la venta de producto farmacéutico alguno, al estar prohibida la venta a domicilio.

Estos servicios serían dispensación de medicamentos y productos sanitarios; revisión de botiquín; indicación farmacéutica; provisión de información farmacoterapéutica; preparación de sistemas personalizados de reacondicionamiento; revisión del uso de los medicamentos; asesoramiento nutricional; seguimiento farmacoterapéutico; ayuda a la adherencia terapéutica y educación sanitaria.

A esto se le añade la formulación de medicamentos individualizados; conciliación de la medicación, revisión de la farmacoterapia; medición y control de la presión arterial; medición y control del riesgo vascular; cesación tabáquica; asesoramiento, abordaje y control de la diabetes; cribado y abordaje de la EPOC; abordaje y seguimiento del dolor, determinación de parámetros antropométricos, fisiológicos y clínicos, y cribados.

Con el objeto de garantizar la mejor asistencia al paciente y llevar a cabo una óptima prestación farmacéutica a los ciudadanos en el ámbito domiciliario, las farmacias deberían estar incluidas en un programa de AFD mediante una autorización administrativa. Para ello
debería contar con personal facultativo suficiente, formado y capacitado específicamente en los servicios que se pretende prestar, así como disponer de las instalaciones y equipamientos específicos para ello, durante su horario de apertura, tanto en la propia farmacia como en el domicilio del paciente.