El BOE publica, dos meses después de aprobarlo el Consejo de Ministros, el RD que regula la 'prescripción' enfermera

Enfermera, Camilla
EUROPA PRESS/SESCAM
Actualizado: miércoles, 23 diciembre 2015 11:13

MADRID, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -

   El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles, y dos meses después de que fuera aprobado por el Consejo de Ministros, el Real Decreto que regula el uso, indicación y autorización de medicamentos por parte de los enfermeros, lo que se conoce como 'prescripción' enfermera.

   Se trata de una norma que ha sido criticada por los enfermeros, especialmente por el artículo 3 y en el que se establece que para que estos profesionales usen un fármaco sujeto a prescripción, es necesario que el correspondiente profesional prescriptor (el médico) haya determinado previamente el diagnóstico, prescripción, protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir.

   Además, el Real Decreto obliga a los enfermeros a contar con una acreditación emitida por la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para poder suministrar un medicamento sujeto a prescripción.

   Por tanto, el texto aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy no ha sido modificado pese a las advertencias de la profesión enfermera de que convocarían movilizaciones por toda España y de que, incluso, acudirían a los tribunales si no se modificaba el artículo 3, al entender que es "una ilegalidad absoluta que rompe con el Estado de derecho".

   En concreto, con esta norma, ya entra mañana en vigor, los enfermeros deberán contar con el consentimiento de un médico cuando administran una vacuna al paciente después de realizarle una valoración clínica; cuando utilizan cremas --a veces con antibióticos-- o apósitos medicamentosos para curar heridas, quemaduras o ulceras por presión; o cuando regulan la medicación a los pacientes crónicos en las consultas de enfermería.

   También en casos de asistencia de equipos de Urgencia (donde a menudo no viaja un médico), o las unidades de cuidados críticos; al administrar heparina en los hospitales para evitar la coagulación de la sangre en las vías que están puestas pero no abiertas; o, en el caso de las matronas, cuando gestionan un parto de forma autónoma prescriben diversos medicamentos, por ejemplo, cuando nada más llegar al hospital le administran oxitocina a la parturienta.